Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2017 (Sección Novena)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 10

14 de septiembre de 2017

Artículo 29. Las convocatorias deberán hacerse de forma escrita en documento impreso o por correo electrónico, con una anticipación de cinco días hábiles tratándose de sesiones ordinarias. Para el caso de las extraordinarias será de cuarenta y ocho horas.
Artículo 30. En cada sesión del Comité se redactará un acta en la que se asentarán los acuerdos tomados y aprobados, así como su seguimiento hasta su conclusión firmándola por quienes intervinieron en ella.
Las determinaciones se adoptarán por unanimidad o mayoría de votos siendo de calidad el voto de la o el presidente en caso de empate.
Artículo 31. Las o los integrantes del Comité designarán a una o un suplente, con cargo inmediato inferior y tendrán las mismas funciones y derechos que la o el titular, con excepción de la o el secretario técnico.
Los cargos de las y los integrantes del Comité serán honoríficos.
Las o los integrantes del Comité tendrán derecho a voz y voto, con excepción de la o el secretario técnico y los invitados, quienes sólo tendrán voz.
Artículo 32. El Comité tendrá las atribuciones siguientes:
I. Diseñar, formular y emitir los criterios, bases y los mecanismos para la entrega de los estímulos.
II. Realizar visitas de verificación a los planteles participantes para evaluar el estado de la implementación de las medidas y estado de avance de las mismas.
III. Emitir los criterios relativos al fallo para la entrega de estímulos a los ganadores.
IV. Coordinarse y participar con los comités municipales en los programas propuestos e implementados por el Consejo.
V. Expedir anualmente la Convocatoria de selección de los beneficiarios para la entrega de los estímulos y reconocimientos para las escuelas de nivel básico, profesores y alumnos.
Artículo 33. La o el presidente del Comité tendrá las atribuciones siguientes:
I. Presidir las sesiones del Comité.
II. Vigilar el cumplimiento de la periodicidad de las sesiones.
III. Supervisar el cumplimiento del orden del día de la sesión.
IV. Dirigir los debates del Comité.
V. Recibir las mociones de orden planteadas por las y los integrantes del Comité y decidir su procedencia o no.
VI. Resolver las diferencias de opinión que se presenten entre las y los integrantes del Comité.
VII. Emitir voto de calidad, en caso de empate.
VIII. Aprobar y firmar las actas de las sesiones.
IX. Conceder el uso de la palabra a los integrantes del Comité.
X. Las demás necesarias para el cumplimiento del objeto del Comité.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2017 (Sección Novena)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaísMéxico

Fecha14/09/2017

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones67

Primera edición27/02/2004

Ultima edición19/12/2018

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