Periódico Oficial del Estado de México del día 12/09/2017 (Sección Novena)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 2

12 de septiembre de 2017

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N. IEEM/CG/168/2017
Por el que se aprueba la Resolución de la Contraloría General dictada en el expediente IEEM/CG/OF/003/17.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y RESULTANDO
1.

Que derivado de la revisión realizada en fecha primero de diciembre de dos mil dieciséis, por la Contraloría General de este Organismo Público Local Electoral a la Manifestación de Bienes por Baja presentada en formato impreso por el ciudadano Julio Martínez Delgado, quien se desempeñó como asesor adscrito al área de Consejeros del Instituto Electoral del Estado de México, se desprendió que causó baja en el mismo, el treinta y uno de agosto del año en mención -como se refiere en el Resultando 1 de la Resolución de la Contraloría General motivo del presente Acuerdo, en adelante Resolución-.

2.

Que del resultado de la revisión referida en el Resultando anterior, el catorce de junio de dos mil diecisiete, la Contraloría General dictó acuerdo por el que ordenó la integración del expediente IEEM/CG/OF/003/17 y su registro en el Libro de Gobierno, determinó el inicio del periodo de información previa con la finalidad de contar con elementos para la instauración o no del procedimiento administrativo de responsabilidad en contra del ciudadano mencionado, asimismo autorizó al personal adscrito para auxiliar en el desahogo de diligencias, e instruyó la gestión para la clasificación de la información del expediente.
De igual manera, solicitó a la Dirección de Administración y a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto diversa información y documentación necesaria para la resolución del propio expediente, la cual fue cumplimentada en tiempo y forma -como se menciona en el Resultando 2 de la Resolución-.

3.

Que el diecisiete de julio de dos mil diecisiete, la Contraloría General dictó acuerdo mediante el cual concluyó el periodo de información previa e instauró procedimiento administrativo de responsabilidad en contra del ciudadano Julio Martínez Delgado, al contarse con elementos suficientes que permitieron establecer el nexo causal entre el hecho y la presunta conducta infractora que le atribuyó; ordenó citar al referido ciudadano, con la finalidad de que compareciera ante dicho Órgano de Control, al desahogo de su garantía de audiencia -como se indica en el Resultando 3 de la Resolución-.

4.

Que mediante oficio IEEM/CG/2221/2017 del diecisiete de julio de dos mil diecisiete, la Contraloría General citó a garantía de audiencia al ciudadano Julio Martínez Delgado, en el que se señaló la presunta irregularidad administrativa atribuida y los elementos en que dicha autoridad se basó para hacerlo, así como el lugar, fecha y hora en que tendría verificativo; oficio que le fue notificado en fecha veinte del mismo mes y año -como se precisa en el Resultando 4 de la Resolución-.

5.

Que el cuatro de agosto de dos mil diecisiete, a las diez horas, tuvo verificativo la diligencia de desahogo de la garantía de audiencia, en la que el ciudadano Julio Martínez Delgado compareció por escrito en el que señaló domicilio para oír y recibir notificaciones, autorizó a la persona para recibirlas; ofreció pruebas y formuló alegatos, situación que se hizo constar en el acta administrativa que se elaboró con motivo de dicha diligencia; y al no haber más diligencias por desahogar se turnó el expediente para la emisión de la resolución respectiva -como se alude en el Resultando 5 de la Resolución-.

6.

Que el veintiséis de agosto de dos mil diecisiete, una vez que la Contraloría General efectuó el análisis de las constancias aportadas y desahogó todas y cada una de las etapas procedimentales que motivaron la apertura del respectivo procedimiento administrativo de responsabilidad, emitió Resolución en el expediente IEEM/CG/OF/003/17, cuyos Resolutivos son del tenor siguiente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 12/09/2017 (Sección Novena)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaísMéxico

Fecha12/09/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones67

Primera edición27/02/2004

Ultima edición19/12/2018

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930