Periódico Oficial del Estado de México del día 09/12/2016 (Sección Novena)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 2

9 de diciembre de 2016

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
CÓDIGO DE CONDUCTA
UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO
Ocoyoacac, Estado de México Agosto 22, 2016
SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO
P R E S E N T E S:
Presentamos a ustedes el Código de Conducta, como un instrumento que permite a los Servidores Públicos de la Universidad Mexiquense del Bicentenario, regirse por los valores contenidos en el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las Reglas de Integridad para el Ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los Lineamientos Generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses que se presentan en este documento, para poder así delimitar la acción que debe observarse entre nosotros, así como fortalecer la transparencia y la prevención de la corrupción, garantizando el adecuado cumplimiento de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que den por resultado una conducta digna, generando condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas, erradicando así la discriminación y actos de violencia en nuestro actuar.
Sin otro particular, les reitero la más distinguida de mis consideraciones.
ATENTAMENTE
DR. JOSÉ FRANCISCO MONROY GAYTÁN
RECTOR
RÚBRICA.
MISIÓN
Formar graduados con calidad en los niveles de licenciatura y posgrado, que posean competencias profesionales, un carácter emprendedor y una vocación de transformación social; para lograr su inserción en los sectores público, productivo, social y de investigación, con objeto de que su actuación contribuya a la solución de problemas y satisfacción de necesidades regionales, estatales y nacionales. Promoviendo modelos educativos eficientes y competitivos mediante el fortalecimiento del marco jurídico y el diseño de estrategias que contribuyan al desarrollo equilibrado de la sociedad, ampliando la cobertura y accesibilidad de los servicios educativos, VISIÓN
Ser la Institución de Educación Superior del Estado de México reconocida por la excelencia académica de sus graduados, basada en tres vertientes: Programas Educativos Acreditados y Procesos Certificados; Investigación de Alto Nivel y Alianzas Estratégicas para la Innovación y el Desarrollo, que responda a las expectativas de la ciudadanía y a las tendencias de la globalización, contribuyendo con ello garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo.
OBJETIVO
Impartir educación superior en los niveles de Licenciatura, Especialización, Maestría, Doctorado con validez oficial, para formar integralmente profesionales competentes con amplio sentido ético, humanístico y nacionalista con un elevado compromiso social, y aptos para generar y aplicar creativamente conocimientos en la solución de problemas, así como organizar y realizar actividades de investigación en las áreas que ofrezcan educación, atendiendo fundamentalmente los problemas estatales, regionales y nacionales en relación con las necesidades del desarrollo socioeconómico de la Entidad, a través de la formación de individuos con actitud científica, creativos, con espíritu emprendedor, innovador, orientados al logro y a la superación personal permanente, solidarios, sensibles a las realidades humanas, integrados efectivamente y comprometidos con el progreso del ser humano, del país y del Estado.
DE LOS PRINCIPIOS DE LAS SERVIDORAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Serán de observancia general para toda y todo servidor público en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los siguientes principios: Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia.
LEGALIDAD.
Las servidoras y los servidores públicos hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas otorgan a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.
HONRADEZ.
Las servidoras y los servidores públicos se conducen con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete el ejercicio de sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 09/12/2016 (Sección Novena)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaísMéxico

Fecha09/12/2016

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones67

Primera edición27/02/2004

Ultima edición19/12/2018

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