Periódico Oficial del Estado de México del día 28/09/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 2
CCVI
78

28 de septiembre de 2018

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
LA H. LX LEGISLATURA EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS
57 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA
TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
ACUERDO
PRIMERO.- Se exhorta al Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México CEDIPIEM, a informar a este Pleno el estado que guardan las políticas públicas implementadas para disminuir la brecha de desigualdad de las mujeres indígenas, eliminar la pobreza de las mismas y para fomentar su participación política y garantía de derechos político-electorales.
SEGUNDO.- Se exhorta al Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México CEDIPIEM, a eficientar y maximizar al alcance de las políticas públicas a favor de las mujeres para lo restante al año 2018, así como generar los mecanismos de planeación e innovación para el 2019 de políticas para la mejora de la calidad de vida de las mujeres y niñas indígenas de nuestro estado.
TERCERO.- Se exhorta a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México a eficientar y maximizar el aprovechamiento del presupuesto de género para el último trimestre de 2018, con el fin de enfocarse en la mejora de la calidad de vida, acceso a oportunidades de desarrollo y eliminación de la violencia de las mujeres y niñas indígenas en el Estado de México. Así mismo, se solicita a las Secretarias de Educación, de Salud, de Desarrollo Social y de Desarrollo Agropecuario, se informe a esta soberanía sobre los programas y presupuestos destinados a la atención de la población indígena femenina en el Estado de México.
CUARTO.- Se solicita a cada uno de los Ayuntamientos del estado, informe a esta Soberanía sobre los mecanismos que han implementado para garantizar la representación en el cabildo de los pueblos indígenas, del momento de inicio de su gestión a la fecha.
QUINTO.- Se exhorta a los Ayuntamientos y Cabildos de cada uno de los 125 municipios del Estado de México, y en particular en los que existe mayor población indígena, a garantizar la representación adecuada que permita la intervención en procesos de decisión del propio municipio, de las comunidades indígenas y en particular de sus mujeres.
TRANSITORIOS
Primero.- Remítase al Ejecutivo del Estado para la publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Segundo.- Remítase lo conducente a cada institución aludida en los artículos del Acuerdo para lo respectivamente exhortado.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
SECRETARIOS
DIP. BRENDA ESCAMILLA SÁMANO
RÚBRICA.

DIP. JUAN CARLOS SOTO IBARRA
RÚBRICA.

DIP. ARACELI CASASOLA SALAZAR
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 28/09/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha28/09/2018

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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