Periódico Oficial del Estado de México del día 29/06/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 144

29 de junio de 2018

Al multiplicar este factor por cincuenta 50, previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, resulta la cantidad de $4,030.00 CUATRO MIL TREINTA PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL.
Por ser un monto inferior a la sanción prevista en el párrafo primero del artículo 387 y en la fracción II del artículo 391 de Bando Municipal de El Oro 2018, es patente que la norma impugnada deviene inconstitucional, por contravenir la ley general a que deben ceñirse los ayuntamientos del Estado de México, conforme al principio de jerarquización normativa.
En efecto, los ayuntamientos de la entidad deben sujetar su actuar a los preceptos constitucionales y legales estatales, por tratarse de las normas que delimitan sus competencias, sin imponer mayores sanciones que las autorizadas en tales ordenamientos.
Dada la inconstitucionalidad de los preceptos analizados, el Ayuntamiento deberá observar lo establecido en el artículo 166 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, al aplicar las sanciones administrativas correspondientes a las infracciones previstas en las fracciones del artículo 387 del Bando Municipal de El Oro 2018, cuya validez no es objeto de esta acción de inconstitucionalidad.
Por lo expuesto y fundado en esta resolución, se declara la invalidez, con efectos generales, de los artículos 387, fracciones XIII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, y 389 del Bando Municipal de El Oro 2018, con sus respectivas sanciones, así como la prevista en el artículo 391, publicado en la Gaceta Municipal de El Oro, Estado de México, el cinco 5 de febrero de dos mil dieciocho 2018.
Asimismo, se declara la invalidez, con efectos generales, de la porción normativa del artículo 387 del propio Bando Municipal de El Oro 2018, consistente en la expresión: de 10 a 50 salarios mínimos.
En términos del artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se publicará íntegramente esta resolución cuando haya causado ejecutoria, en el Boletín Judicial, la Gaceta del Gobierno del Estado de México y la Gaceta Municipal de El Oro; en el entendido que la invalidez surtirá efectos a partir de la publicación en la Gaceta del Gobierno, y no tendrá efectos retroactivos.
Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 62 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88-Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, esta Sala Constitucional:
RESUELVE
PRIMERO. Es procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad, promovida por el PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE
DERECHOS HUMANOS ESTADO DE MÉXICO.
SEGUNDO. Se declara la invalidez, con efectos generales, de los artículos 387, fracciones XIII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, y 389 del Bando Municipal de El Oro 2018, con sus respectivas sanciones, así como la prevista en el artículo 391 del propio ordenamiento, publicado en la Gaceta Municipal de El Oro, Estado de México, el cinco 5 de febrero de dos mil dieciocho 2018.
TERCERO. Se declara la invalidez, con efectos generales, de la porción normativa del artículo 387 del propio Bando Municipal de El Oro 2018, consistente en la expresión: de 10 a 50 salarios mínimos.
CUARTO. Una vez que cause ejecutoria, publíquese esta sentencia en el Boletín Judicial, la Gaceta del Gobierno el Estado de México y la Gaceta Municipal de El Oro; en el entendido que la invalidez surtirá efectos a partir de la publicación en la Gaceta del Gobierno, y no tendrá efectos retroactivos.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE
Por unanimidad de votos, resuelven los Magistrados integrantes de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, ARMIDA RAMÍREZ DUEÑAS, EVERARDO SHAÍN SALGADO, JESÚS CONTRERAS SUÁREZ, RICARDO
ALFREDO SODI CUÉLLAR y PATRICIO TIBERIO SÁNCHEZ VÉRTIZ RUIZ, bajo la presidencia de la primera e instrucción del último de los nombrados, quienes actúan con la Secretaria de Acuerdos VERÓNICA BELLO MONDRAGÓN, quien autoriza y da fe.
EVERARDO SHAIN SALGADO
Magistrado integrante Rúbrica.

JESÚS CONTRERAS SUÁREZ
Magistrado integrante Rúbrica.

ARMIDA RAMÍREZ DUEÑAS
Magistrada presidenta Rúbrica.

RICARDO ALFREDO SODI CUELLAR
Magistrado integrante Rúbrica.

PATRICIO TIBERIO SÁNCHEZ VÉRTIZ RUIZ
Magistrado instructor Rúbrica.

VERÓNICA BELLO MONDRAGÓN
Secretaria de acuerdos Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 29/06/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha29/06/2018

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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