Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 8

30 de abril de 2018
CAPÍTULO XI
DE LA ORGANIZACIÓN Y CONTRATACIÓN DE EVALUACIONES EXTERNAS

VIGÉSIMA NOVENA. Los sujetos evaluados en coordinación con la Dirección, realizarán la contratación, operación y supervisión de las evaluaciones, considerando el marco normativo vigente en la materia. La contratación de evaluadores externos procederá siempre y cuando no existan las evaluaciones, incluyendo sus tipos, o no se cuente con personal capacitado para llevarlas a cabo, considerando las exigencias de especialización, transparencia, resultados y rendición de cuentas. La Dirección, será responsable de supervisar la calidad y cumplimiento normativo de las evaluaciones, el sujeto evaluado enviará a la Dirección los resultados sobre la evaluación y monitoreo de los programas presupuestarios.
CAPÍTULO XII
DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE ELEGIBILIDAD PARA LA CONTRATACIÓN
DE LOS EVALUADORES EXTERNOS
TRIGÉSIMA. Cuando sea necesaria la contratación de evaluadores externos, estos deberán cumplir además de lo establecido en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, con los requisitos mínimos siguientes:
1

Acreditar su constitución legal en los términos de la legislación aplicable;

2

Acreditar experiencia en el tipo de evaluación correspondiente a la prestación de su servicio, de programas gubernamentales en México y/o en el extranjero;

3

Presentar una propuesta de trabajo ejecutiva, que contenga, entre otros, los aspectos siguientes:
a
El objeto de la evaluación;

b
La metodología de evaluación específica a implementar, la estructura temática del informe a elaborar con base en los lineamientos específicos establecidos para cada tipo de evaluación;

c
El resumen curricular del personal que realizará la evaluación del Programa presupuestario de que se trate, que incluya:

d
I.

La manifestación por escrito de que se tiene conocimiento de las características y operación del programa sujeto a evaluación, o bien de programas similares;

II.

La acreditación de experiencia en el tipo de evaluación correspondiente a la evaluación de su servicio.

La enunciación de la plantilla de personal que se utilizará para la evaluación del programa presupuestario, la cual deberá guardar congruencia con la magnitud y características particulares del mismo y del tipo de evaluación correspondiente a su servicio.
CAPITULO XIII
DE LAS SANCIONES

TRIGÉSIMA PRIMERA. Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a lo establecido en los presentes Lineamientos Generales para la Evaluación y Seguimiento de los Programas Presupuestarios del Poder Legislativo del Estado de México, serán sancionados de conformidad con lo previsto en el título sexto, de las sanciones, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, y las demás disposiciones aplicables vigentes.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquense los presentes Lineamientos en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y hasta en tanto no se emitan y entren en vigor otros que los sustituyan.
TERCERO. La Secretaría en el ámbito de su competencia deberá emitir el PAE a más tardar el último día hábil de abril del ejercicio fiscal que corresponda, en términos de lo que establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
CUARTO. Los presentes Lineamientos se aplicarán en los subsecuentes ejercicios, en términos del marco legal vigente aplicable, en lo que no contravengan al mismo.
Dado en Toluca, Estado de México, a los 26 días del mes de abril de 2018.
M. EN A. SERGIO ADOLFO OLGUÍN ESPINOSA
SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha30/04/2018

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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