Periódico Oficial del Estado de México del día 17/12/2014 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

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Página 2

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C., I_ L. GOBIERNO

17 de diciembre de 2014

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

GOBE

DEL
EXICO

ESTADO

CUISSEMYM/QJ/015/2014
EDICTO
SE CITA A GARANTÍA DE AUDIENCIA
C. ERIC MIGU =LIGONZÁLEZ GARCÍA
PRESENTE
Con fundameen los artículos 14, 16, 109, fracción III y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 130 de la 1 ca del Estado Libre y Soberano de México; 3, 15 y 19 fracción XIV y 38 Bis fracción XIX de la Ley Orgánica de la Administración Constitución P ít Pública del Es a o de México; 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México; 25 fracción I, 113, 114, 123, 124 y 129 del Código de Procedimiento A ministrativos del Estado de México; 1, 2, 3 fracción VIII, 41, 42, 43, 45, 46, 52 párrafo primero, 53 párrafo segundo, 59, 63, 68 y 91
de la Ley de ésponsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 28 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, pu licado en el Periódico Oficial "Gaceta de Gobierno" de fecha doce de febrero de dos mil ocho; 22 fracción IV del Reglamento Interior del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el ocho de septiembre del dos mil nu e4 apartado 203F 20000 función cinco del Manual General de Organización del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, pu ioado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el siete de octubre del dos mil nueve; y en cumplimiento del artículo 59 fracción I
de la citada Le de Responsabilidades y al acuerdo de fecha ocho de diciembre de dos mil catorce, se le cita para que comparezca el día quince de enero de dos il quince, a las once horas con cuarenta minutos, en las oficinas que ocupa el Órgano de Control Interno del Instituto de Seguridad Soc l del Estado de México y Municipios, ubicadas en la Avenida José María Morelos y Pavón poniente número 905, primer piso, Colonia La Merced, T ka, Estado de México, para otorgarle el derecho a desahogar su GARANTÍA DE AUDIENCIA, por la presunta responsabilidad administrativa sciplinaria que se le atribuye en su carácter de Médico Especialista adscrito al Hospital Regional Nezahualcóyotl del Instituto de Seguridad Soc.1ál del Estado de México y Municipios; con motivo de la atención médica proporcionada al C. Eleazar Rico García finado del día dieciocho al v inte de diciembre de dos mil trece; y con apoyo al Peritaje Técnico Médico Institucional emitido por la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México, el cual obra agregado en el expediente al rubro indicado, en el gue se concluyó lo siguiente: SEGUNDA.Se encontró mala práctica en relación a la atención que se le brindo al señor ELEAZAR RICO GARCIA finado, por parte del personal adscrito al Hospital Regional Nezahualcóyotl, perteneciente al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, toda vez que: a.- Se apreció negligencia por parte de los Cirujanos Generales Eric Miguel González García Adscritos al Servicio de Cirugía General, toda vez que durante la intervención quirúrgica que le efectuaron al señor ELEAZAR RICO GARCIA FINADO, en fecha dieciocho de diciembre del dos mil trece y ante los hallazgos transoperatorios de hiato abierto de 7 a 8 centímetros, fondo gástrico intratóracico, volvulado y pilares diafragmáticos delgados, lo más adecuado era a colocación de una malla dual con la finalidad de prevenir una probable reherniación, con migración del contenido abdominal a tórax d Se apreció negligencia por parte del personal Médico adscrito al servicio de Cirugía General, que le brindo atención al señor ELEAZAR
RICO GARCIAfinado, durante los días dieciocho al veinte de diciembre del dos mil trece, toda vez que el hemotórax masivo con el que cursó no fue diagnosticado p rtunamente, lo que denota falta de una estrecha vigilancia y cuidados postoperatorios en un paciente recién intervenido con hallazgos que b igaban indudablemente a extremar precauciones sic. Lo anterior, toda vez que durante los servicios de salud que proporcionó al C. Eleazar R co García finado en el Hospital Regional Nezahualcóyotl de este Instituto, el día dieciocho de diciembre de dos mil trece, omitió colocar una ni Ila dual durante el procedimiento quirúrgico que le realizó en dicha fecha, con la finalidad de prevenir una probable reherniación, s ación que se dio en el periodo postoperatorio; aunado a lo anterior, omitió realizar posteriormente a la cirugía, prueba de aire, instilación de azul de metileno o esofagograma, a fin de descartar probables perforaciones esofágicas y/o gástricas. Por lo cual dichos servicios de sel fueron deficientes al no haber cumplido con los parámetros mínimos y estándares de conducta requeridos en ese momento. Ni 1
mucho menos 1
elsilizó estrecha vigilancia posterior a la cirugía que le realizó al C. Eleazar Rico García finado, toda vez que durante los días dieciocho al y n e de diciembre de dos mil trece, realizó deficientes valoraciones médicas del estado de salud en el que se encontraba el derechohabien en virtud de que durante ese periodo no fue diagnosticado oportunamente el hemotórax masivo con el que cursaba; lo cual conllevó a que su estad e salud menguara.
c
Por lo que se c n idera que no salvaguardo los principios de legalidad, lealtad y eficiencia contemplados en el artículo 42 incumpliendo las fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; en relación con los artículos 42 párrafo cuatro de la Constitución Plíta de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos E , o ómicos, Sociales y Culturales; 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 32 y 33 fracción II de la Ley General de Salud; 8 fracción I y 48 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicada en el Diario Oficial de la Fe eración, el veintinueve de abril de mil novecientos ochenta y seis; 46 y 58 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de é ico y Municipios; Manual de Organización Tipo para Hospitales Regionales, publicado en la Gaceta del Gobierno el veintiséis de agosto de dos iluno, punto 1.1.2.1. CIRUGÍA GENERAL, Objetivo, función cuatro.
Asimismo, se ce de su conocimiento que durante el desahogo de garantía de audiencia, tiene el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a su interés conven al por sí o por medio de Abogado Defensor, respecto a los hechos que se le atribuyen, apercibiéndole que para el caso de no comparecer, s tendrá por perdido su derecho de ofrecer pruebas y formular alegatos en esta etapa procesal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 y 29 fracción III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Por otra parte, se le apercibe a efecto de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Estado de México, o de lo contrario las subsecuentes notificaciones se realizaran a través de los estrados de esta Contraloría Interna; de igual forma, se le comunica que el expediente correspondiente se encuentra en el Órgano de Control Interno para su consulta, en términos del artículo 20 del Código de Procedimientos Administrativos vigente en la Entidad y que en la celebración de la audiencia debe á presentar identificación vigente con fotografía.
Para su public ción por una sola vez en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel estatal o necio ál1 en la ciudad de Toluca, Estado de México, a diecisiete de diciembre de dos mil catorce.
ATENTAMENTE
MIGUEL ÁNGEL PÉREZ LUGO
CONTRALOR INTERNO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/12/2014 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha17/12/2014

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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