Periódico Oficial de Zacatecas del 3/7/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Zacatecas

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PERIODICO OFICIAL No. 53

A.- De la sucesión intestamentaria a bienes de ANTONIO SANDOVAL FRAYRE, por conducto de la albacea de dicha sucesión señora MARIA ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA
IZABEL VARELA MONTAÑEZ y/o IRMA VARELA MONTAÑEZ, demando lo siguiente:
1.- La declaración de terminación del contrato de comodato que celebro mi representada con su difunto hijo ANTONIO SANDOVAL FRAYRE en consideración a que era su hijo, por conducto del señor JESÚS
SANDOVAL VILLARREAL como su gestor oficioso en fecha seís de mayo de mil novecientos noventa y uno, respecto del inmueble ubicado en la calle Pánfilo Natera número 498-A y 498-B, colonia Centro de la ciudad de Fresnillo, Zacatecas, declaración de terminación del contrato señalado que demando respecto de dicha sucesión por los motivos que en el apartado de hechos: estableceré.
2.- La desocupación y entrega con sus frutos y accesiones del inmueble ubicado en la calle Pánfilo Natera 498-A y 498-B, colonia Centro de esta ciudad de Fresnillo, Zacatecas.
3.- La pérdida de las mejoras y construcciones que dicha demandada pudiera haber realizado o pueda realizar sobre el inmueble en cuestión.
4.- El pago de los daños y perjuicios que la demandada, sucesión intestametnaria a bienes de ANTONIO
SANDOVAL FRAYRE le ha originado a mi representada, señora MARIA DE LA LUZ FRAIRE CABRAL, también conocida como MA. DE LA LUZ FRAIRE CABRAL, MA. DE LA LUZ FRAYRE CABRAL, MARÍA
DE LA LUZ FRAYRE CABRAL, MARÍA DE LA LUZ FRAYRE DE SANDOVAL y MA. DE LA LUZ FRAYRE
DE SANDOVAL, al continuar en posesión del inmueble en comentó en contra de la voluntad de mi representada.
5.- Por el pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio, en virtud de haber dado causa legal para promover, por continuar en posesión del inmueble de mi representada en contra de su voluntad.
B.- De la señora MARÍA ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA IZABEL VARELA
MONTAÑEZ y/o IRMA VARELA MONTAÑEZ, en su calidad de persona física demando lo siguiente:
1.- La declaración de terminación del contrato de comodato que celebro mi representada con la señora MARIA ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA IZABEL VARELA MONTAÑEZ y/o IRMA VARELA MONTAÑEZ en consideración a que era su nuera, por conducto del señor JESÚS
SANDOVAL VILLARREAL como su gestor oficioso en fecha seis de mayo de mil novecientos noventa y uno, respecto del inmueble ubicado en la calle Pánfilo Natera número 498-A y 498-B, colonia Centro de la ciudad de Fresnillo, Zacatecas, declaración de terminación del contrato que demando por los motivos que expresaré en el apartado de hechos de esta demanda.
2.- La desocupación y entrega con sus frutos y accesiones del inmueble ubicado en la calle Pánfilo Natera 498-A y 498-B, colonia Centro de esta ciudad de Fresnillo, Zacatecas.
3.- La pérdida de las mejoras y construcciones que la demandada pudiera haber realizado o pueda realizar sobre el inmueble en cuestión.
4.- El pago de los daños y perjuicios que la demandada MARIA ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA IZABEL VARELA MONTAÑEZ y/o IRMA VARELA MONTAÑEZ, le ha originado a mi representada, señora MARIA DE LA LUZ FRAIRE CABRAL, también conocida como MA. DE LA LUZ
FRAIRE CABRAL, MA. DE LA LUZ FRAYRE CABRAL, MARÍA DE LA LUZ FRAYRE CABRAL, MARÍA DE
LA LUZ FRAYRE DE SANDOVAL y MA. DE LA LUZ FRAYRE DE SANDOVAL, al continuar en posesión del inmueble en comentó en contra de la voluntad de mi representada.
5.- Por el pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio, en virtud de haber dado causa legal para promover la acción, por el actuar de la mencionada señora MARIA
ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA IZABEL VARELA MONTAÑEZ y/o IRMA
VARELA MONTAÑEZ, al negarse abandonar el inmueble de mi representada.
Haciéndole saber a la demandada MARIA ISABEL VARELA MONTAÑEZ también conocida como MARÍA
IZABEL VARELA MONTAÑEZ y/o IRMA VARELA MONTAÑEZ, como albacea de la sucesión a bienes de ANTONIO SANDOVAL FRAYRE, que deberá presentarse ante esta autoridad a fin de que manifieste lo que a sus intereses legales convenga, en un término de CUARENTA DÍAS HÁBILES, a partir de la fecha de la última publicación de los edictos ordenados, apercibiéndole de que, si no lo hace, se tendrá por contestada en sentido negativo presuntivamente.
miércoles 3 de julio de 2019

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Zacatecas del 3/7/2019

TítuloPeriódico Oficial de Zacatecas

PaísMéxico

Fecha03/07/2019

Nro. de páginas53

Nro. de ediciones754

Primera edición20/08/2014

Ultima edición19/06/2024

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