Periódico Oficial de Tlaxcala del 17/11/2021
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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala
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Periódico Oficial No. 46 Primera Sección, Noviembre 17 del 2021
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Ayuntamiento Constitucional de Contla de Juan Cuamatzi. 20212024. Secretaría de Ayuntamiento.
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA
PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE PERROS
Y GATOS PARA EL MUNICIPIO DE
CONTLA DE JUAN CUAMATZI;
TLAXCALA.
Fundamento Legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
III.
Fomentar y concientizar a la población en general, de que los animales son seres vivos susceptibles de cuidado, sujetos a la posesión, control, uso y aprovechamiento del ser humano, sujetándolos a un régimen normativo de protección y bienestar, y
IV.
Imponer las sanciones correspondientes, a los poseedores, responsables o tutores que tengan bajo su cuidado o vigilancia de perros y gatos, que no hayan tomado las medidas necesarias para garantizar el bienestar de los animales, incumpliendo las obligaciones establecidas en este Reglamento.
Declaración Universal de los Derechos del Animal Ley General de Salud
Todo esto de acuerdo a lo establecido en la Ley de Protección y Bienestar animal para el Estado de Tlaxcala.
Ley de Salud del estado de Tlaxcala NO-033-SAG/ZOO-2014. Sacrificio humanitario en de los Animales Domésticos y Silvestres.
NOM-051-ZOO-1995. Trato humanitario en la movilización de animales, para garantizar el bienestar de los perros y gatos durante la captura.
NOM-042-SSA2-2006. Prevención y control de enfermedades. Especificaciones sanitarias para los centros de atención canina.
NOM-011-SSA2-2011. Para la prevención y control de la rabia humana y en los perros y gatos.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente reglamento es de orden público y observancia general en todo el Municipio de Contla de Juan Cuamatzi y tiene por objeto:
Artículo 2. La aplicación del presente reglamento corresponde al Ayuntamiento, a través de la Coordinación de Protección Civil, de seguridad pública y el Juez Municipal, así como al regidor de la comisión de salud pública y desarrollo social. Y
tiene como finalidad establecer acciones para garantizar el bienestar de los perros y gatos, así como la prevención, control y vigilancia, ante los problemas derivados por la presencia de perros y gatos en el territorio municipal y que generen un problema de Salud Pública, fomentando en todo momento la protección, cuidado, tenencia responsable y el bienestar de estas especies que habitan en la jurisdicción Municipal.
Artículo 3. Los animales objeto de tutela, control y aprovechamiento de este Reglamento son los perros y gatos que se encuentren dentro del área territorial del Municipio.
I.
Proteger a los perros y gatos, garantizar su bienestar y brindarles atención para su óptima Salud.
Artículo 4. Todo ciudadano poseedor de perros y gatos deberá procurar una disposición de agua y alimento, que puedan ser consumidos y adecuados para cada especie en particular de acuerdo a sus necesidades nutricionales correspondientes dentro de su domicilio.
II.
Salvaguardar los comportamientos físicos naturales, asegurando la salud animal y la salud pública del municipio.
Artículo 5. El municipio deberá realizar un censo poblacional de perros y gatos sujetos a la posesión de las personas, así como el rastreo, identificación