Periódico Oficial de Tlaxcala del 8/2/2018

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 9 Primera Sección, Febrero 28 del 2018

IV.

V.

VI.

Página 3

Ayuntamiento para proponer, acordar y ocuparse de los asuntos municipales.

XII. LEY MUNICIPAL.- La Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

COMISIÓNES DEL AYUNTAMIENTO.Cada uno de los grupos formados por miembros del Ayuntamiento, al cual se le ha encomendado la vigilancia de alguno de los ramos de la Administración Municipal encargados directamente de la prestación de los servicios o el ejercicio de las funciones enumeradas por la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

XIII. REGLAMENTO
INTERNO.El Reglamento Interno del Municipio de San Francisco Tetlanohcan.

PRESIDENTE
MUNICIPAL.Al representante político del Ayuntamiento y jefe administrativo del gobierno municipal, responsable de la ejecución de las decisiones y acuerdos emanados de cabildo.
ADMINISTRACIÓN
MUNICIPAL.Conjunto de Direcciones, Coordinaciones, Departamentos y demás órganos que tienen a su cargo la prestación de servicios públicos, ejercicio de funciones administrativas y gubernativas y demás actividades necesarias para el funcionamiento del Gobierno Municipal.

VII. DIRECCIÓN.- Área de la Administración Municipal encargada del ejercicio directo de alguna de las funciones o la prestación directa de alguno de los servicios indispensables para el correcto funcionamiento del Gobierno Municipal.
Para el correcto cumplimiento de sus funciones tendrá a su cargo diversos Departamentos.

XIV. BANDO.- El Bando de Policía y Gobierno del Municipio.
XV.

XVI. PATRIMONIO MUNICIPAL.- Conjunto de bienes, obligaciones y derechos propiedad del Municipio, así como los productos y beneficios que de éstos se deriven.

Capítulo II.
De la instalación de los ayuntamientos.
Artículo 11.- El Ayuntamiento se instalará en Sesión Solemne y pública, en observancia a las disposiciones vigentes que correspondan y en las fechas que éstas señalen, con las formalidades legales establecidas en la Ley Municipal. Al efecto se procederá de la siguiente manera:
I.

El Presidente Municipal electo, solicitará por escrito al Ayuntamiento saliente, le sea permitido habilitar el sitio que deberá usarse para el efecto en el que tenga lugar la sesión solemne de Instalación del Ayuntamiento electo, en la fecha que indica la Ley Municipal.

II.

A la sesión solemne y pública acudirán los miembros del Ayuntamiento saliente, y cuando menos la mitad más uno de sus integrantes propietarios del Ayuntamiento electo. El primero de los casos no es requisito esencial y de validez, para poder proceder a la instalación del nuevo Ayuntamiento.

III.

Verificada la asistencia de la mitad más uno de los miembros propietarios del Ayuntamiento electo, de conformidad con lo que al efecto establece la Ley Municipal,
VIII. GOBIERNO FEDERAL.- El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
IX.

GOBIERNO ESTATAL.- El Gobierno del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

X.

CONSTITUCIÓN
FEDERAL.La Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.

XI.

CONSTITUCIÓN
ESTATAL.La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

HACIENDA MUNICIPAL.- Conjunto de recursos y derechos del Municipio, incluyendo tanto aquellos con los que cuenta como los que por Ley tiene derecho a percibir.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 8/2/2018

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha08/02/2018

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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