Periódico Oficial de Tlaxcala del 1/4/2015

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 4

Periódico Oficial No. 13 Primera Sección, Abril 1 del 2015

IV.- Ser preferido en igualdad de circunstancias para el desempeño de cargo, empleo o comisión y para la celebración de contratos o el otorgamiento de concesiones en el ámbito de competencia Municipal; y V.- De recibir los beneficios Municipales que por Ley debe proporcionar el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 14.- Son obligaciones de los habitantes y transeúntes del Municipio las siguientes:
I.- Respetar y obedecer a las Autoridades legalmente constituidas y cumplir las normas, reglamentos, circulares y disposiciones de carácter legal del Ayuntamiento;
II.- Contribuir con los gastos del gobierno Municipal de acuerdo con las leyes respectivas;
por lo que se deberá de iniciar procedimiento administrativo para dar vista a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal para que instaure un crédito Fiscal.
III.- Prestar auxilio a las autoridades en general, cuando sean requeridos para ello; y al ser omiso o no medie justificación real y suficiente, se dará vista al Ministerio Público para que inicie averiguación previa por lo que a derecho corresponda.
IV.- Participar en los programas ciudadanos de colaboración, en la prevención y mejoramiento de la Salud Pública, de Educación, del Medio Ambiente, de Seguridad Pública y de Protección Civil; y al ser omiso o no medie justificación real y suficiente, se dará vista al Ministerio Público para que inicie averiguación previa por lo que a derecho corresponda.
V.- Inscribirse en los padrones que determinen las Leyes y Reglamentos Federales, Estatales y Municipales, y de ser omisos a tal ordenamiento
se dará vista al Ministerio Público para iniciar Averiguación Previa por lo que a derecho corresponda.
VI.- Atender los llamados que les haga el Ayuntamiento, ya sea por escrito o por algún otro medio; y de ser omisos a tal ordenamiento se dará vista al Ministerio Público para iniciar Averiguación Previa por lo que a derecho corresponda.
VII.- Proporcionar con veracidad los informes y datos estadísticos de todo género, que le solicite la autoridad competente; y de ser omisos a tal ordenamiento se dará vista al Ministerio Público para iniciar Averiguación Previa por lo que a derecho corresponda.
VIII.- Cooperar conforme a derecho en la realización de obras de beneficio colectivo;
IX.- Participar con las autoridades en la conservación de los edificios públicos, mejoramiento del ornato y limpieza de los centros de población; y de ser omisos a tal ordenamiento se dará vista al Ministerio Público para iniciar Averiguación Previa por lo que a derecho corresponda.
X.- Todas las demás que establezcan las Leyes Federales, Estatales y Municipales, y de ser omisos a tal ordenamiento se dará vista al Ministerio Público para iniciar Averiguación Previa por lo que a derecho corresponda.
CAPÍTULO III
DE LOS PADRONES
MUNICIPALES
ARTÍCULO 15.- Los padrones municipales contendrán los nombres, apellidos, edad, origen, profesión u ocupación y estado civil de cada habitante, vecino del Municipio o extranjero residente en el mismo, para la regularización de actividades económicas de los particulares, las

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 1/4/2015

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha01/04/2015

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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