Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/1/2015

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 30

Periódico Oficial No. 3 Primera Sección, Enero 21 del 2015

Objeto 1.

Establecer los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 PEF 2015, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativa que deben adoptar e implementar la Ley y las disposiciones emitidas por el Consejo.

Población Objetivo 2.

La población objetivo son los servidores públicos adscritos a los entes públicos señalados en los artículo 1, segundo párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Del Ejercicio de los Recursos 3.

4.

El Recurso PEF 2015, se distribuirá de la siguiente manera:
a
15,000,000 Quince Millones de Pesos para el subsidio a las entidades federativas o municipios a través del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas destinados para que realice capacitación de dichos entes públicos.

b
40,865,160 Cuarenta Millones Ochocientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Sesenta Pesos para para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para la capacitación y profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas, con énfasis en la implementación del Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas.

El ejercicio de los recursos podrá llevarse a cabo indistintamente a través del Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas;
las Entidades Superiores de Fiscalización de la Entidad Federativa, el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, o la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C.

De los Requisitos para Acceder a los Recursos PEF 2015
5.

Para acceder a los recursos previstos para la armonización contable en el PEF 2015, previstos en el numeral 3 antes mencionado, el Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas; las Entidades Superiores de Fiscalización de la Entidad Federativa, el Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, o la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A. C. deberán:
i
Suscribir un convenio para el uso y destino de los recursos previstos en el PEF 2015, respecto a la capacitación y profesionalización de la armonización contable, con el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, y
ii
Incorporar en el temario de capacitación la Guía de Cumplimiento contemplada en el convenio de colaboración suscrito entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación del 3 de septiembre de 2013, y especialmente hacer énfasis en el Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas.

De los Criterios de Asignación de Recursos 6.

El Secretario Técnico del Consejo determinará los montos de los subsidios a las entidades federativas, previsto en el numeral 3 inciso b, atendiendo a lo siguiente:
i
Número de servidores públicos a capacitar en la Entidad Federativa.

ii
Número de entes públicos cuyos servidores se capacitarán.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/1/2015

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha21/01/2015

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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