Periódico Oficial de Tlaxcala del 27/6/2012

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

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Periódico Oficial No. 26 Primera Sección, Junio 27 del 2012

En el contexto del Plan Estatal de Desarrollo se contempla mejorar todos los espacios públicos, refiriéndose entre otros a las áreas deportivas, tomando en cuenta que los índices de población constantemente aumentan, requiriendo mayor atención a sus espacios de bienestar, sobretodo los relacionados con la salud, siendo necesario contar con una adecuada infraestructura deportiva, en donde puedan desarrollar la actividad física con mayor amplitud, teniendo como resultado una mejor calidad de vida entre los habitantes.

Con la creación del Centro Deportivo Comunitario, se lograría definir una cancha para uso exclusivo de futbol soccer, dos canchas de usos múltiples las cuales servirían para realizar otras actividades a la vez, así como un área definida para que las niñas y los niños jueguen e interactúen entre sí, así como definir un área de uso común, la cual se podría utilizar para que las personas de la tercera edad practiquen juegos de mesa o acondicionamiento físico, además de lograr la convivencia entre familias.

En el Estado de Tlaxcala se reportan índices de obesidad notables, de manera particular, en el municipio de San Juan Huactzinco se tiene identificado un aumento considerable de este problema, al mismo tiempo, un incremento en las adicciones entre la población joven; es por ello que la autoridad municipal tiene gran interés en fomentar una educación y cultura enfocada en la salud de sus pobladores, de ahí que el objetivo sea la construcción de un Centro Deportivo en el que se puedan llevar a cabo seminarios, conferencias y diversos eventos de carácter educativo para promover la educación física y una adecuada orientación en el cuidado de la salud, una noción adecuada de la alimentación, la nutrición, el descanso y la prevención de diversas enfermedades, combatiendo con estas acciones los hábitos nocivos;
si se toma en cuenta que se ocupa una gran cantidad de recursos en el tratamiento de enfermedades, resulta acertadamente la inversión de un Centro Deportivo.

De igual forma se conviviría sanamente entre la gente que conforma la población y la de otros municipios circunvecinos.- - - - - - - - - - - - - - - -

Con esta intención la autoridad municipal de San Juan Huactzinco, Tlaxcala, ha llevado a cabo los estudios técnicos necesarios, para determinar la factibilidad de la construcción del centro Deportivo en el predio sujeto a expropiación, tomando en cuenta que actualmente solo es un terreno semi plano en donde se practican diversos deportes, sin delimitación de áreas, para que se lleve a cabo la práctica de más de un deporte a la vez, solo cuando no se juega futbol soccer sobre el predio, las personas pueden practicar la caminata alrededor del mismo, gimnasio al aire libre, entre otros.
La falta de áreas definidas para la práctica de diversos deportes ha provocado que las familias no acudan a ese sitio, ya que por lo general solo juegan futbol soccer jóvenes del sexo masculino, sin tomar en cuenta a los niños, niñas, adolescentes, mujeres, personas de la tercera edad, quienes también requieren de espacios para practicar algún deporte.

En este tenor y con base en lo dispuesto por los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3 fracción VI de la Ley de Expropiación vigente para esta Entidad Federativa, el Estado puede imponer modalidades a la propiedad por causa de un interés público y en el presente caso para tener por acreditada la causa de utilidad pública se procede a realizar la descripción y valoración de las pruebas aportadas por la síndico municipal de San Juan Huactzinco, Tlaxcala, mismas que se señalan a continuación:
a Documental privada consistente en el convenio de pago por concepto de expropiación concertada, respecto del predio denominado EL POTRERO y/o CHAMIZAL, ubicado entre la calle Cristóbal Colón y carretera Federal Tlaxcala-Puebla del municipio de San Juan Huactzinco, Tlaxcala, suscrito entre la Licenciada Eloísa Elías Pintor en su carácter de Síndico Municipal y por José Alfredo Robles Beristaín; acto jurídico mediante el cual se manifiesta la voluntad libre de vicios para que el predio sea objeto de expropiación, reconociendo la causa de utilidad pública, quedando conforme con el pago por concepto de indemnización y la forma en que se realiza, el afectado reconoce la necesidad colectiva que existe en la entidad respecto de contar con un espacio para el sano esparcimiento de las personas, como lo es el deporte y actividades al aire libre; por lo que en la especie los acuerdos de voluntades de mérito resultan ser actos jurídicos plenos, es decir, una manifestación exterior de la voluntad tendiente a la producción de efectos de derecho, al consistir en una

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 27/6/2012

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha27/06/2012

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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