Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/2/2023 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 22 de febrero de 2023

Página 45

Consejo General del IETAM, en los siguientes supuestos; 1. No estén firmados autógrafamente por su representante legal; 2. No se adjunten los documentos requeridos en que se base la solicitud correspondiente; 3. Sean promovidos por quien carezca de personalidad jurídica; 4. Sean presentados fuera de los plazos señalados; o 5. No se subsanen las aclaraciones, solicitudes o prevenciones que hubiere realizado la DEPPAP, en el plazo concedido para ello.
15. Que es un principio general del derecho que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Así, dado que las normas referidas establecen la consecuencia del incumplimiento, su cumplimiento no depende del hecho de que ello se asiente expresamente en el requerimiento correspondiente, sino de lo ordenado en la ley.5
16. Que en fecha 16 de febrero se recibieron dos correos electrónicos en los que la organización ciudadana Juntos Avanzamos A.C. remite el archivo digital del mismo documento de la protocolización del acta entregada en fecha 27 de enero de; asimismo el 17 de febrero de 2023 se recibió en la Oficialía de partes escrito mediante el cual entregan USB y los logos y pantones así como el emblema oficial, documentación referida en los antecedentes 21, 22 y 23 del presente Acuerdo y analizada en los numerales 1, 2 y 3 del apartado 4.3 Respuesta presentada por la organización ciudadana.
Dicha documentación fue entregada en fecha posterior a la celebración de la sesión de la Comisión de Prerrogativas, por lo que se incluye como referencia en el presente Acuerdo, sin embargo, no modifica la determinación de esta autoridad electoral de declarar improcedente la notificación de intención presentada por la organización ciudadana Juntos Avanzamos A.C., por lo descrito en el presente Acuerdo.
Con base en lo anterior, se efectúan las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA. En virtud de no haber atendido la prevención realizada, de presentar una nueva notificación de intención a más tardar el 31 de enero de 2023, adjuntando los documentos requeridos en el oficio DEPPAP/022/2023, de conformidad a lo establecido en el considerando LV del presente Acuerdo, en términos de lo señalado en el artículo 37, numerales 2 y 5 de los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales, la notificación de intención presentada en fecha 27 de enero de 2023 por la Organización Ciudadana Juntos Avanzamos, A.C., se tiene como notoriamente IMPROCEDENTE.
SEGUNDA. Aunado a lo descrito en la conclusión que antecede, la organización ciudadana Juntos Avanzamos A.C., se encuentra participando en el proceso de constitución de un partido político local en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero y que si bien es cierto esto no limita su derecho de asociación en alguna otra Entidad Federativa para constituir un partido político local, también lo es que cada Organismo Público Local cuenta con facultad reglamentaria para emitir normativa que permita el ejercicio de sus atribuciones, entre las que se encuentra la de resolver el otorgamiento del registro a los partidos políticos locales;
por lo que la organización ciudadana Juntos Avanzamos A.C., debió de cumplir con lo señalado en los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales, aprobados por el Consejo General del IETAM mediante Acuerdo No. IETAM-A/CG-75/2022 en fecha 31 de octubre de 2022, en donde se establecen los requisitos, documentación, plazos y procedimientos que deberán observar las organizaciones de la ciudadanía interesadas en constituir un Partido Político Local en Tamaulipas.
En mérito de lo expuesto y con fundamento en los artículos 1, párrafos primero, segundo, tercero y quinto, 2, apartado A, fracciones III y VII, 9, párrafo primero, 14, último párrafo, 35, fracción III, 41, párrafo tercero, base I, 116, párrafo segundo, fracción IV, incisos b, c, numeral 6 y e de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, numeral 1, 98, numeral 1, 104, numeral 1, incisos a, e y r, 453, numeral 1, inciso b de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 1, numeral 1, incisos a y f, 2, párrafo 1, incisos a y b, 3, numeral 2, 9, numeral 1, inciso b, 11, numeral 1, 13 y 17, numerales 1 y 2, de la Ley General de Partidos Políticos; 7, 20, párrafo segundo, base II, apartado A, base III, numeral 1, y base IV, quinto párrafo de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1, 3, párrafo tercero, 7 fracción I, 71, 93, 99, 100, fracciones I y II, 102, 103, 110, fracciones IV, XII, LVII, LXVII y LXXIII, 115 fracción III, 119 párrafo primero, 120 párrafo primero, 135 fracciones III, IV y V, 307, fracción II de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas; 24, fracciones I y II, 48
fracción X del Reglamento Interno del Instituto Electoral de Tamaulipas; 1, 2, 3, 8, 11, numerales 1 y 3, 12, numerales 1, 2, 3 y 4, 13, numerales 1 y 2, 14 numerales 1 y 16, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 29, 30, 31, 32, 34, 37, 38 y 60 de los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales; 5 y 157 del Reglamento para la fiscalización de las organizaciones ciudadanas que pretendan obtener el registro como Partido Político Local, se emite el siguiente:

5

Sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, dictada dentro del expediente SCM-JDC-236/2020.
TESIS AISLADA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN IGNORANCIA DE LA LEY. NO EXCUSA SU CUMPLIMIENTO.
SEXTA ÉPOCA. TESIS AISLADA, PRIMERA SALA JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, VOLUMEN LXXIII, SEGUNDA PARTE, PÁGINA 21, REGISTRO 259938.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/2/2023 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha22/02/2023

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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