Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/8/2022 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 30

Victoria, Tam., miércoles 10 de agosto de 2022

EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Distrito Judicial.
Padilla, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA.
Dentro de los autos que integran el Expediente Familiar Número 00180/2022, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MARÍA MONCERRATO
PEREZ VILLANUEVA Y/O MARÍA PEREZ VILLANUEVA, quien tuvo su ultimo domicilio en esta Población, intestado que fuera denunciado por JOSEFINA RAMÍREZ PEREZ, hago de su conocimiento que por auto de fecha trece de julio del año dos mil veintidós, la Juez de mi adscripción tuvo por radicado el mismo, por lo cual entre otras cosas, se ordenó la publicación del presente edicto por UNA
SOLA VEZ, convocando a todos aquellos que se crean con derecho a la prenombrada sucesión a efecto de que si lo estiman convenientes a sus intereses, comparezcan a dicho Juicio a deducirlo dentro de quince 15 contados a partir de su publicación.
ATENTAMENTE
Padilla, Tam.; a 15 de julio de 2022.- Secretaria de Acuerdos del área Civil-Familiar del Juzgado de Primera Instancia Mixto del Décimo Distrito Judicial del Estado, LIC.
VICTORIA GARCÍA RODRÍGUEZ.- Rúbrica.
4804.- Agosto 10.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
La Licenciada Karla Karina Trejo Torres, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González, Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00161/2022, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de CARLOS TORRES MADRIGAL, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto;
comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y tomando en consideración que en la presente sucesión no existen partes demandadas, sin embargo de conformidad con el Acuerdo General Número 5/2022 de fecha quince de marzo de dos mil veintidós, emitido por el Consejo de la Judicatura del Estado, este Tribunal con el objeto de que pudiera tener interés alguna persona en esta Sucesión en deducir sus derechos hereditarios tiene a bien insertar SEGUNDO.- Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas.- Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los juzgadores, directamente en las oficialías de partes y en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía.- Asimismo, los interesados podrán presentar diversas promociones mediante el Tribunal Electrónico, a excepción de demandas iniciales y contestaciones. Las personas que presenten alguna solicitud ante las Oficialías de Partes o, en su caso, ante los Órganos Jurisdiccionales, deberán portar en todo momento cubre
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bocas, así como respetar la sana distancia y acceder un solo usuario, ingresando el siguiente hasta en tanto el usuario que se encuentre al interior, salga del recinto.- En términos del párrafo quinto del artículo 22 Bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, las partes pueden anexar, a sus promociones electrónicas, documentos digitalizados que originalmente consten en papel, debiendo estar debidamente signadas a través de la Firma Electrónica Avanzada así como cualquier otro medio de prueba a que se refiere el diverso artículo 379 del referido Código, de igual manera en el sistema tradicional penal conforme a lo establecido por el artículo 26 Bis del Código de Procedimientos Penales del Estado, las partes podrán anexar documentos digitalizados que originariamente consten en papel, así como cualquiera de los medios de prueba a que se refiere el artículo 193
fracciones II y III de ese Código.-Es dado para su publicación a los diecisiete días del mes de junio de dos mil veintidós.- DOY FE.
ATENTAMENTE
El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar Del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR BRAVO PEREZ.
4805.- Agosto 10.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
La Licenciada Karla Karina Trejo Torres, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González, Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha veintinueve de junio del dos mil veintidós, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00174/2022, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JAVIER ARMANDO GARCIA GONZÁLEZ, promovido por SANDRA LUZ SOTELO SÁNCHEZ, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto;
comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y tomando en consideración que en la presente sucesión no existen partes demandadas, sin embargo al tratarse de un asunto de los contemplados en el Acuerdo General 12/2020, de fecha veintinueve de mayo del dos mil veinte, 14/2020 de fecha veintinueve de junio del dos mil veinte, 15/2020 de fecha treinta de julio del dos mil veinte y 7/2021 de fecha doce de noviembre de dos mil veintiuno, emitidos por el Consejo de la Judicatura del Estado, este Tribunal con el objeto de que pudiera tener interés alguna persona en esta Sucesión en deducir sus derechos hereditarios tiene a bien inserta SEGUNDO.- Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas.Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los juzgadores, mediante los buzones judiciales o directamente en las oficialías de partes y, en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía. 4.
Para el caso de contestación de demandas y promociones dentro del juicio, el usuario deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el apartado de Pre registro de contestación de demandas o Pre registro de promociones diversas,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/8/2022 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha10/08/2022

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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