Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/10/2021 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 05 de octubre de 2021

Página 3

SEXTO.- En razón de lo anterior, se concluye que se desconoce el domicilio del demandado IGNACIO
ARGUELLO HERNÁNDEZ, por lo que, con fundamento en el artículo 173, párrafo segundo de la Ley Agraria, emplácese a juicio, mediante edictos que deberán publicarse dos veces dentro de un plazo de diez días hábiles, en el diario de mayor circulación en la región en que se ubica el Municipio de Soto la Marina, Tamaulipas y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, así como en las Oficinas de la Presidencia Municipal de Soto la Marina, Tamaulipas y en los estrados de éste Tribunal, por conducto del Actuario de la adscripción; por tanto, entréguensele a SALOME HERNÁNDEZ TORRES o su asesor legal el Licenciado ILDEFONSO FLORES GRIMALDO, los edictos respectivos, para que procedan a efectuar las publicaciones en los términos ordenados y en su oportunidad exhiban las constancias que así lo corroboren. Lo anterior, en la inteligencia que el emplazamiento ordenado de esta manera a IGNACIO
ARGUELLO HERNÁNDEZ surtirá efectos una vez transcurridos quince días hábiles, contados a partir de la última publicación y por tratarse de un emplazamiento a juicio, debe observarse además el término previsto en el artículo 170 de la Ley Agraria. Por esto se le hace saber a IGNACIO ARGUELLO
HERNÁNDEZ, que las copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, a fin de que comparezca a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, en la que deberá producir contestación al escrito inicial de demanda promovida por SALOME HERNÁNDEZ TORRES en contra de IGNACIO ARGUELLO HERNÁNDEZ y al DELEGADO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL
EN EL ESTADO, de quienes reclama las siguientes prestaciones:
A Que por resolución de este Tribunal Agrario y dada la naturaleza que ante terceros tienen las resoluciones dictadas en vía de Jurisdicción Voluntaria, se realice pronunciamiento en el sentido de modificar o dejar sin efectos la sentencia dictada en fecha veinticinco de enero del año dos mil doce, dictada dentro del expediente 623/2011, en la cual se le reconoce el carácter de ejidatario a IGNACIO
ARGUELLES HERNÁNDEZ sic, al convertirse en sucesor legítimo de los derechos de IGNACIO
ARGUELLO CASTILLO, presuntamente por que la suscrita al haber sido designada en primer orden de preferencia renuncié a ese derecho, lo que es totalmente falso B Se condene al Registro Agrario Nacional en el Estado a dar de baja en el padrón de ejidatarios, al ahora demandado IGNACIO ARGUELLO HERNÁNDEZ y proceda a cancelar los certificados parcelarios expedidos a favor del antes mencionado, siendo estos los números 1004946, 1004947, 1004948, 1004949 y 104950 y expida otros a favor de la suscrita como ejidataria por sucesión de mi finado esposo IGNACIO ARGUELLO CASTILLO
C Se condene a IGNACIO ARGUELLO HERNÁNDEZ a entregar a mi favor las parcelas que en vida correspondieran a mi finado esposo IGNACIO ARGUELLO CASTILLO, en virtud de ser la suscrita la sucesora preferente, según lista de sucesión de fecha ocho de enero de mil novecientos noventa y dos.
E Una vez que cause estado la sentencia, se ordene su ejecución en términos de lo dispuesto por el artículo 191 de la Ley Agraria.
SÉPTIMO.- Para el desahogo de la audiencia prevista por el artículo 185 de la Ley Agraria, se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
VEINTIUNO, misma que tendrá verificativo en las oficinas del inmueble que ocupa este tribunal ubicado en Boulevard Tamaulipas Calle 8 número 1113, esquina con Primera Diagonal, Fraccionamiento Las Palmas en Ciudad Victoria, Tamaulipas, en la cual la parte demandada IGNACIO ARGUELLO
HERNÁNDEZ y al DELEGADO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL EN EL ESTADO, deberán producir contestación a la demanda promovida por SALOME HERNÁNDEZ TORRES; por lo que se requiere a las partes para que asistan puntualmente, y se apercibe a la parte demandada que de no comparecer sin justa causa, se les tendrá contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho para oponer excepciones y defensas y para ofrecer pruebas, de conformidad con los artículos 163, 170, 178, 180, 185 y 186 de la Ley Agraria y 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------OCTAVO.- Se hace saber a las partes que de conformidad con el artículo 187 de la Ley Agraria, ellas mismas tienen la carga de la prueba para acreditar los hechos de sus pretensiones; en consecuencia, se les previene para que en el acto mismo de la audiencia de ley, ofrezcan todas las pruebas que estimen conducentes, exhiban los documentos y papeles de importancia que tengan en su poder, en original o copia certificada, presenten a los testigos y peritos que pretendan sean oídos; apercibidos que de no ofrecer pruebas en la audiencia o de no presentar a sus peritos y testigos, se les tendrá por perdido tal derecho, conforme lo dispuesto por los artículos 185 fracción I, de la ley de la materia y 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles.-------------------------------------------------------------------------------------NOVENO.- Asimismo, se requiere a la parte demandada para que a más tardar en la audiencia de ley, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones; apercibida que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos a través de la lista de acuerdos que se fija en los estrados de este Unitario; de conformidad con el artículo 173, párrafos sexto y séptimo, de la Ley Agraria.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/10/2021 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha05/10/2021

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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