Periódico Oficial de Tamaulipas del 15/9/2021 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 15 de septiembre de 2021

Página 3

ARTÍCULO ÚNICO. La Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, clausura este día la Sesión Pública Extraordinaria convocada por la Diputación Permanente.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor a partir de su expedición y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS.- Cd.
Victoria, Tam., a 10 de septiembre del año 2021.- DIPUTADO PRESIDENTE.- EDMUNDO JOSÉ MARÓN
MANZUR.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- EULALIA JUDITH MARTÍNEZ DE LEÓN.- Rúbrica.DIPUTADO SECRETARIA.- EDNA RIVERA LÓPEZ.- Rúbrica.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- FRANCISCO JAVIER GARCÍA
CABEZA DE VACA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- CÉSAR AUGUSTO
VERÁSTEGUI OSTOS.- Rúbrica.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ASUNTO: ACUERDO POR EL QUE SE OTORGA APERTURA DE NUEVA INSTITUCIÓN
Y RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS
MARIO GÓMEZ MONROY, Secretario de Educación del Estado de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría a mi cargo confieren el artículo segundo del Acuerdo Delegatorio de Facultades del Titular del Ejecutivo del Estado al Titular de la Secretaría de Educación del Estado, artículos 140 y 141 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1 numeral 1, 2 numeral 2, 8, 13, 14, 23 fracción XI y 34 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 5 y 12 I y IV de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; y CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que vista la solicitud de RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS, presentada en fecha 31 de marzo de 2017, por la C. ELENA RAMÍREZ RAMÍREZ, representante legal de la persona moral POTENCIAL UNIVERSITAS, A.C., al plan y programas de estudio LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS en el domicilio ubicado en: Calle J.B. Chapa, esquina con Colón N 787, Zona Centro, C.P. 88500, en Reynosa, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la persona moral denominada POTENCIAL UNIVERSITAS, A.C., es una sociedad legalmente constituida según escritura pública núm. 14038 catorce mil treinta y ocho, de fecha 22 de julio de 2020, protocolizada por el Notario Público No. 18, Licenciado Horacio Hinojosa González, con ejercicio en el Quinto Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, en la que se menciona que la sociedad tiene como objeto social la orientación social, educación, capacitación, adiestramiento, entrenamiento y desarrollo de la persona; entre otros.
TERCERO.- Que de conformidad con lo establecido en los artículos 3º fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 146 y 149 de la Ley General de Educación, además del 91 y 92 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades, debiendo obtener, en cada caso, el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para que los estudios realizados en esas instituciones se incorporen al Sistema Educativo Estatal y se otorgarán cuando los solicitantes cuenten con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación, con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad, pedagógicas y con los planes y programas que la autoridad educativa valide de conformidad con la normatividad establecida.
CUARTO.- Que conforme a lo que establece el artículo 5º de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, la educación que impartan el Estado, los Municipios, los Organismos Descentralizados de ambos y los Particulares con Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, se regirá conforme a lo establecido en el artículo 3º y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, así como las normas, reglamentos, convenios y acuerdos que de ellas se deriven.
QUINTO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, el tipo superior es el que se imparte después de acreditado el Bachillerato o sus equivalentes, está compuesto por la Licenciatura, la Especialidad, la Maestría y el Doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura y tiene como propósito formar profesionistas, investigadores, profesores, universitarios y técnicos útiles a la sociedad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 15/9/2021 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha15/09/2021

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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