Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/12/2020 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., miércoles 23 de diciembre de 2020

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
EDGAR MACIEL MARTINEZ BAEZ, Titular del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, en el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, 43 fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, 13 fracción I, del Reglamento Interior del Órgano Interno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas; y CONSIDERANDO
PRIMERO. En la actualidad, la implementación de un Sistema de Control Interno efectivo constituye una herramienta fundamental que aporta elementos que promueven la consecución de los objetivos y metas institucionales; contribuyen a la administración de los riesgos; reducen la probabilidad de ocurrencia de actos de corrupción; procuran la integración de las tecnologías de la información en los procesos institucionales; respaldan la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos; y, en consecuencia, consolidan los procesos de transparencia y rendición de cuentas.
SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 en las fracciones II, III y V, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, compete al Titular del Órgano Interno de Control, vigilar y comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación, presupuestación, ingresos, egresos, financiamiento, patrimonio y fondos, requiriendo discrecionalmente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, la instrumentación de normas adicionales para el ejercicio de sus atribuciones que aseguren el control; planear, organizar y coordinar el sistema de control interno y la evaluación del desempeño de los servidores públicos; así como formular e implantar por sí o a través de terceros, estudios y programas de mejoramiento encaminados a la modernización y simplificación de la administración pública estatal.
TERCERO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 13, fracción I del Reglamento Interior del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, corresponde al Contralor Interno emitir las disposiciones, reglas y bases de carácter general, normas y lineamientos para el ejercicio de sus atribuciones.
CUARTO. Con el fin de implantar los mecanismos de control interno que coadyuven al cumplimiento de las metas y objetivos, prevenir los riesgos que puedan afectar el logro de éstos, fortalecer el cumplimiento de las leyes y disposiciones normativas, generar una adecuada rendición de cuentas y transparentar el ejercicio de la función pública, se publicaron en el Periódico Oficial del Estado con fecha 23 de enero de 2014 las Normas Generales de Control Interno para la Administración Pública Estatal.
QUINTO. Con el objeto de mejorar el marco jurídico aplicable en materia de control interno, se considera necesario implementar mecanismos que contribuyan al perfeccionamiento del control interno institucional del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, que impulse la prevención y administración de posibles eventos que obstaculicen o impidan el logro de metas y objetivos.
SEXTO. Que la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, a la que pertenece la Contraloría Gubernamental de Tamaulipas, dentro del Sistema Nacional de Control y Evaluación de la Gestión Pública, es la instancia de vinculación de los Órganos de Control y Evaluación de los gobiernos federales, estatales y de la ciudad de México, que promueve la implementación de modernos esquemas, instrumentos, mecanismos de control, verificación y evaluación de la gestión pública; una eficaz vigilancia en el manejo y aplicación de los recursos públicos, con criterios de probidad, transparencia y rendición de cuentas, así como la aplicación de sanciones a los servidores públicos que incurran en responsabilidades.
SÉPTIMO. La Secretaría de la Función Pública en coordinación con la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación propuso en el seno del Sistema Nacional de Fiscalización: el Marco Integrado de control interno para el sector público que sea un modelo único aplicable a los tres órdenes de gobierno, basado en los componentes, principios y puntos de interés que las mejores prácticas internacionales en la materia ponen de manifiesto. El Marco proporciona un modelo general para establecer, mantener y mejorar el sistema de control interno institucional, aportando distintos elementos para dar cumplimiento a las Normas Generales de Control Interno del Estado y la Ciudad de México.
OCTAVO. El Marco Integrado está diseñado como un modelo de control interno que puede ser adaptado y adoptado por las Dependencias y Entidades del ámbito Federal, Estatal y Municipal y permite estandarizar y homologar los criterios y conceptos establecidos en ésta materia orientando y facilitando su cumplimiento.
NOVENO. En la actividad permanente de mejorar, el Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tamaulipas, considera necesario adoptar el Modelo del Marco Integrado de Control Interno conjuntamente con las Normas Generales de Control Interno vigentes en el Estado.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/12/2020 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha23/12/2020

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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