Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/12/2020 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 10 de diciembre de 2020

Página 3

que se han desahogado diversas diligencias ministeriales para su búsqueda, sin obtener hasta el momento resultados positivos, lo cual motiva la aprobación para el ofrecimiento de recompensa, sometiéndolo a consideración del suscrito para su autorización en términos del punto Sexto, del Capítulo II, del Acuerdo de fecha 28 de febrero del 2017, relativo al ofrecimiento de recompensas.
Por lo anteriormente expuesto, resulta pertinente el ofrecimiento de la recompensa solicitada por la ciudadana María Eduwiges Rojas Duarte, a favor de los menores GIL MANUEL GALINDO ROJAS y JOSÉ IGNACIO
GALINDO ROJAS, expidiéndose para el efecto el siguiente:
ACUERDO ESPECÍFICO
PRIMERO. Se autoriza el ofrecimiento y entrega de recompensa de hasta $1000,000.00 UN MILLÓN DE
PESOS 00/100 M.N. a quien o quienes proporcionen información, veraz y útil para el auxilio eficaz, eficiente y oportuno que permita la localización de GIL MANUEL GALINDO ROJAS y JOSÉ IGNACIO GALINDO ROJAS.
El ofrecimiento y entrega de recompensa que señala este acuerdo no será aplicable a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales.
SEGUNDO. La recompensa a que se refiere el artículo anterior, se entregará a quien o quienes aporten información conforme a los criterios siguientes:
I.- Proporcional en relación a las personas por las que se hace el ofrecimiento y a la veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad de la información aportada;
II.- En caso de que la misma información fuera proporcionada por más de una persona, tendrá derecho a la recompensa el que primero la hubiere proporcionado, y III.- Si la información es aportada por dos o más personas simultáneamente, la recompensa se repartirá por partes iguales entre ellas.
TERCERO. La información que aporten los particulares sobre los hechos a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, será recibida por los medios siguientes:
I.- En el número telefónico 800-841-8224 desde cualquier parte del país. Si marca de Ciudad Victoria, Tamaulipas, al número 834-312-99-45 extensión 41103.
II.- En las direcciones de correo electrónico: recompensas@tam.gob.mx y recompensasfgje@tam.gob.mx CUARTO. Se designa un servidor público que recibirá la información por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo cuarto de este acuerdo, quién será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla; asimismo, asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible, debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de su contenido.
QUINTO. Recibida la información, se deberá corroborar que la información proporcionada, corresponda a la solicitada en la oferta de recompensa y ordenará la práctica de las diligencias que resulten conducentes con motivo de la misma, a efecto de poder determinar qué por virtud de la misma, se ha logrado la localización de los menores GIL MANUEL GALINDO ROJAS y JOSÉ IGNACIO GALINDO ROJAS.
Cuando sea necesario, por la relevancia y oportunidad de la información proporcionada, el Ministerio Público ordenará que las instituciones de Seguridad Pública del Estado, Federales o Militares, en términos de las disposiciones aplicables, le presten auxilio suficiente y eficaz para corroborar la información que haya sido proporcionada.
SEXTO. Toda la información que se aporte, el número de identificación confidencial y en su caso, los datos personales de quien la haya proporcionado los cuales se deberán entender como cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo que concierne a una persona física determinada y que sirve, en otras cosas para identificarla, así como la totalidad de la documentación que se genere con motivo del presente Acuerdo Específico, se clasificará como información estrictamente reservada y confidencial de conformidad con el artículo 117 y 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.
SÉPTIMO. En caso de obtenerse la localización de los menores GIL MANUEL GALINDO ROJAS y JOSÉ
IGNACIO GALINDO ROJAS, en virtud de la información aportada, el Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensa, determinará el monto a entregar a cada persona por concepto de recompensa, en proporción a la veracidad y utilidad de la información aportada, conforme el artículo segundo de este Acuerdo Específico.
OCTAVO. Se establecerá comunicación con la persona a quien deba entregarse la recompensa, a través del medio que ésta haya proporcionado para tal efecto, mediante el número confidencial de identificación.
La entrega de la recompensa se realizará en un solo pago, mediante depósito en cuenta bancaria o en efectivo, únicamente a quien cuente con el número confidencial de identificación. Para tal efecto, se deberá requerir al interesado el número de la cuenta bancaria respectiva o citarlo para hacer la entrega en efectivo.
Si dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación a que se refiere este artículo, la persona a quien debe entregarse la recompensa no proporciona el número de la cuenta bancaria o no acude a la cita sin causa justificada, perderá el derecho a recibir la recompensa.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/12/2020 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha10/12/2020

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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