Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/5/2020 - Legislativo

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Página 3

Victoria, Tam., miércoles 06 de mayo de 2020

Segundo. El Banco de México y, en caso de ser necesario, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, contarán con el plazo de 90 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, para emitir o modificar las disposiciones de carácter general necesarias para la debida implementación del presente Decreto.
Tercero. El Congreso de la Unión contará con 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones normativas a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, al Código Penal Federal y a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes e incluir una regulación integral en la prevención e investigación del uso de recursos de procedencia ilícita.
Cuarto. Para efectos de las cuentas a que se refiere el tercer párrafo del artículo 59 de la Ley de Instituciones de Crédito, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, podrán incorporar las medidas y procedimientos establecidos en el cuarto párrafo del artículo 115 de la citada ley.
Quinto. En todo caso, las instituciones de crédito que aperturen las cuentas a que se refiere el tercer párrafo del artículo 59 de la Ley de Instituciones de Crédito que se reforma, se asegurarán que en los contratos que al efecto se celebren se establezca la obligación a cargo de la institución de dar conocimiento a los padres o tutores sobre la apertura de la cuenta y que puedan solicitar y consultar estados de cuenta y movimientos de las cuentas de depósito. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá en las disposiciones de carácter general lo señalado en este artículo.
Sexto. Las instituciones públicas que tengan a su cargo la ejecución de programas gubernamentales, cuyos recursos sean susceptibles de ser entregados en cuentas de depósito bancario de dinero, y entre sus beneficiarios se encuentren adolescentes a partir de los quince años cumplidos, deberán enviar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en forma trimestral a partir de la entrada en vigor de este Decreto, un informe que contenga el listado de los beneficiarios en dicho rango de edad.
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2020.- Sen. Mónica Fernández Balboa, Presidenta.- Dip. Laura Angélica Rojas Hernández, Presidenta.- Sen. Primo Dothé Mata, Secretario.- Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 26 de marzo de 2020.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.La Secretaria de Gobernación, Dra. Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS.
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR.
TITULAR DEL RVOE: COLEGIO BICULTURAL GFT, S.C.
DENOMINACIÓN AUTORIZADA: PREPA GRISWOLD.
ASUNTO: Acuerdo por el que se otorga el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para el plan y programas de estudios solicitados.
Cd. Victoria, Tamaulipas, a 04 de marzo de 2020.
Vista la solicitud presentada en fecha 11 de diciembre del 2019, por el ciudadano Lic. Mario Luis Valdez Maciel, Representante Legal del COLEGIO BICULTURAL GFT, S.C., mediante el cual solicitó el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para impartir en el nivel medio superior los estudios de Bachillerato General apegado al plan y programas de estudio, con las capacitaciones establecidas y autorizadas por la Dirección General del Bachillerato de la Secretaría de Educación Pública, modalidad escolarizada, opción presencial, plan semestral, duración de tres años, alumnado mixto, turno matutino, en el domicilio ubicado en Avenida Saltillo entre Independencia y Niños Héroes, Núm. 601, Fraccionamiento México, C.P.88970, Río Bravo, Tamaulipas, y la autorización para utilizar el nombre de PREPA GRISWOLD; mismos que a continuación se describen:
Tipo de Bachillerato
Modalidad solicitada
Opción
Plan
Duración
Tipo de alumnado
Turnos
General
Escolarizada
Presencial
Semestral
Tres años
Mixto
Matutino

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/5/2020 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha06/05/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31