Periódico Oficial de Tamaulipas del 21/1/2020 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., martes 21 de enero de 2020

Periódico Oficial
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
CONVENIO de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tamaulipas.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA REALIZAR
ACCIONES DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL
SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE
PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA SECRETARÍA; Y POR LA OTRA PARTE, EL
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS LIC. FRANCISCO JAVIER GARCÍA
CABEZA DE VACA, EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ING. CÉSAR AUGUSTO VERÁSTEGUI
OSTOS; LA SECRETARIA DE FINANZAS, C.P. MARÍA DE LOURDES ARTEAGA REYNA; EL C. FISCAL
GENERAL DE JUSTICIA, DR. IRVING BARRIOS MOJICA Y EL TÍTULAR DE LA COMISIÓN LOCAL DE
BÚSQUEDA LIC. JORGE ERNESTO MACÍAS ESPINOSA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
"LA COMISIÓN", EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO, REPRESENTADO POR EL LIC. JORGE ERNESTO
MACÍAS ESPINOSA; QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE COMO LAS PARTES; DE CONFORMIDAD
CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.

El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo sucesivo CONSTITUCIÓN, dispone que los recursos económicos de que dispongan la Federación y las entidades federativas, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

II.

El artículo 5 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas en lo sucesivo LEY GENERAL
refiere que las acciones, medidas y procedimientos establecidos en dicha Ley son diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de: efectividad y exhaustividad; debida diligencia;
enfoque diferencial y especializado; enfoque humanitario; gratuidad; igualdad y no discriminación; interés superior de la niñez; máxima protección; no revictimización; participación conjunta, perspectiva de género, presunción de vida y verdad.

III.

El artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo, LEY DE
PRESUPUESTO, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.

IV.

La Distribución del Gasto por Unidad Responsable y al Nivel de Desagregación de Capítulo y Concepto de Gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 en los sucesivo PEF
2019 establece que se incluye $207,576,512 Doscientos siete millones quinientos setenta y seis mil quinientos doce pesos 00/100 M.N. para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda que hayan creado para realizar acciones de búsqueda de personas, subsidios que se otorgarán en un esquema de coparticipación de recursos de manera equitativa entre la Federación y las Comisiones Locales de Búsqueda, correspondiente a un diez por ciento de participación por parte de las Comisiones Locales respecto del monto total asignado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas en lo sucesivo EL
SUBSIDIO.

V.

Con fecha 27 de marzo de 2019, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación, los "Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas", en lo sucesivo, LINEAMIENTOS, cuyo objeto es establecer las disposiciones para el otorgamiento, ejercicio, vigilancia y seguimiento de los recursos federales en el marco de la LEY
GENERAL.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 21/1/2020 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha21/01/2020

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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