Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/5/2019 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 4

Victoria, Tam., jueves 30 de mayo de 2019

Periódico Oficial
Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 5, fracciones I y XIX; 13, 35, 36 y 37, fracciones I, II, V, VI, VII, VIII, X, XIII, XV, XVI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, ahora SADER, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012; 1, 2, 3, 4, 77, 91, fracciones XXI, XXVII, XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas; artículo 2 numeral 1, 3, 7, 10, 23 fracción II y VIII, 25 y 31, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; y artículos 1 fracción III, 47, 48 fracción III y 49 de la Ley de Planeación del Estado de Tamaulipas; las PARTES celebran el presente Convenio de Coordinación, conforme a las siguientes.
CLÁUSULAS
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
PRIMERA. El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre las PARTES, con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Tamaulipas.
ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN
SEGUNDA. Las PARTES con el fin de implementar el objeto del presente Convenio, se comprometen a trabajar de manera coordinada y en su caso, a conjuntar apoyos y/o inversiones en las actividades siguientes:
I.
Propiciar la planeación del desarrollo rural sustentable, con la participación de los municipios, los sectores social y privado, a través de sus organizaciones sociales y económicas legalmente reconocidas, sistemas producto y demás formas de participación que emanen de los diversos agentes de la sociedad rural;
II.
Concurrir de acuerdo a la disponibilidad presupuestal con apoyos adicionales, que en cada caso requieran los productores, para el debido cumplimiento de los proyectos o programas de fomento, especiales o de riesgos, con objeto de: corregir faltantes de los productos básicos destinados a satisfacer necesidades nacionales, estatales y municipales; así como lo concerniente a la sanidad vegetal, animal, acuícola y a la inocuidad agroalimentaria;
III.
Fomentar la productividad en regiones con limitantes naturales para la producción, pero con ventajas comparativas que justifiquen la producción bajo condiciones controladas; promoviendo la diversificación productiva y favoreciendo las prácticas sustentables de las culturas tradicionales; aunado a las actividades relacionadas con Organismos Genéticamente Modificados;
IV.
Promover las condiciones para la integración y difusión de información económica, agroalimentaria y de desarrollo rural sustentable que apoye la toma de decisiones; facilitando el acceso y la participación de los productores en su generación;
V.
Promover y coordinar acciones para vigilar el cumplimiento de las medidas adoptadas en materia de sanidad vegetal, animal y acuícola, así como en la movilización nacional e internacional de mercancías reguladas y en los sistemas de reducción de riesgos de contaminación en la producción primaria de origen vegetal, pecuario, acuícola y pesquero;
VI.
Vincular, de manera prioritaria, la investigación científica y desarrollo tecnológico con los programas de reconversión productiva de las unidades económicas y las regiones, para aumentar sus ventajas competitivas y mejorar los ingresos de las familias rurales;
VII.
Participar en acciones tanto de capacitación, asistencia técnica y extensionismo como de acreditación de éstas, que fortalezcan: el crecimiento y desarrollo de capacidades; la organización de las personas que viven en el sector rural; mejoren el desempeño de sus actividades agropecuarias, acuícolas, pesqueras, de desarrollo rural sustentable y la vigilancia en el cumplimiento de la normatividad en materia ambiental y de bioseguridad, con el apoyo de municipios, organismos auxiliares, instituciones educativas y demás particulares;
VIII. Fortalecer las capacidades técnicas y administrativas de las unidades económicas agropecuarias, pesqueras y acuícolas para que mejoren sus procesos productivos y organizativos, a través de servicios profesionales de extensión e innovación, la asistencia, capacitación, desarrollo de capacidades, demostraciones de campo, entre otras, y IX.
Proporcionar a los productores y agentes de la sociedad rural, conocimientos para acceder y participar activamente en los mecanismos relativos a la organización, la tecnología, administración, comercialización, transformación, industrialización, créditos, seguros, garantías, capital de riesgo y financiamiento, con el propósito de contribuir a elevar el nivel educativo, tecnológico y de capacidades en el medio rural.
Las anteriores actividades, son indicadas en forma enunciativa, sin perjuicio de que las PARTES acuerden otras que contribuyan al cumplimiento del objeto del presente Convenio.
APORTACIÓN DE RECURSOS
TERCERA. Para el cumplimiento del objeto, las PARTES acuerdan que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el DPEF del ejercicio presupuestal correspondiente en el Estado de Tamaulipas, realizarán una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir en cada ejercicio fiscal.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/5/2019 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha30/05/2019

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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