Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/9/2018 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., jueves 27 de septiembre de 2018

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
HÉCTOR ESCOBAR SALAZAR, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de Tamaulipas, a mi cargo confieren los artículos 23 fracción VIII y 31 fracciones I, III, IV y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
CON S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 30 de abril del 2018, la ciudadana LAURA ELENA DIARTE
ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular que se denominará JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE
ORO, solicitó autorización para impartir Educación Preescolar con alumnado mixto y turno matutino en las instalaciones ubicadas en calle Morelos número 835, entre calle Constitución y calle Matamoros, Zona Centro en Camargo, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, así como el personal directivo y docente, ajustarán sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de Educación, Ley de Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos estudios y disposiciones emanadas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
TERCERO.- Que la C. LAURA ELENA DIARTE ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular JARDÍN
DE NIÑOS LA EDAD DE ORO, y el personal directivo y docente del plantel, han declarado bajo protesta de decir verdad, que en la educación que imparta la institución se respetarán las leyes y reglamentos aplicables; y en lo relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Ley General de Educación y 6 de la Ley de Educación para el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa privada JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE
ORO reúnen las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en los artículos 55 fracción II
de la Ley General Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado conforme al resultado del informe realizado por el ciudadano SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Encargado del Departamento de Incorporación y Supervisión, de la Secretaría de Educación del Estado; contando con el equipo y material didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas apodándose además, la integración de los grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO ha aceptado que dicha institución está sujeta a que la Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier modificación o cambio relacionado con su denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del personal directivo, docente y técnico.
SEXTO.- Que la C. LAURA ELENA DIARTE ESPINOZA, propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE
NIÑOS LA EDAD DE ORO, convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel respecto a la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la cual deberá quedar establecida 30 días antes de la inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse dentro del periodo para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO se ha comprometido a observar las siguientes normas:
I.- En cuanto a cooperaciones extraordinarias, éstas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso, de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II.- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresa su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III.- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por ésta, bajo la estricta vigilancia de la Asociación de Padres de Familia.
IV.- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su permanencia, no se condiciona al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.
OCTAVO.- Que la propietaria del plantel educativo particular JARDÍN DE NIÑOS LA EDAD DE ORO adquiere la obligación de:
I.- Emitido y publicado el presente Acuerdo Secretarial, acudir a la Secretaría de Educación del Estado para tramitar la asignación de Clave de Centro de Trabajo; solo una vez obtenida esta, podrá operar el servicio educativo autorizado;
II.- Cumplir con el Calendario Escolar para cada ciclo escolar que establece la Secretaría de Educación del Estado.
III.- Conceder becas totales o parciales, en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población estudiantil; de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/9/2018 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha27/09/2018

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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