Periódico Oficial de Tamaulipas del 20/9/2018 - Legislativo

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 20 de septiembre de 2018

Página 3

GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
CONVENIO para la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Tamaulipas.
CONVENIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL
DOCENTE PARA EDUCACIÓN BÁSICA: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", A TRAVÉS DE
LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. JAVIER
TREVIÑO CANTÚ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ MARTÍN
FARÍAS MALDONADO, DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN CONTINUA, ACTUALIZACIÓN Y
DESARROLLO PROFESIONAL DE MAESTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y, POR LA OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL
ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR EL LIC. FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE
VACA, ASISTIDO POR EL ING. CÉSAR AUGUSTO VERÁSTEGUI OSTOS, SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO; LA C.P. MARÍA DE LOURDES ARTEAGA REYNA, SECRETARIA DE FINANZAS; EL DR.
HÉCTOR ESCOBAR SALAZAR, SECRETARIO DE EDUCACIÓN; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE
LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- El Programa para el Desarrollo Profesional Docente, en lo sucesivo "EL PROGRAMA", tiene como objetivo general contribuir a asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación, a través de la formación integral de todos los grupos de la población mediante programas de formación continua para el desarrollo profesional dirigidos al personal docente, personal técnico docente, personal con funciones de dirección, personal con funciones de supervisión, personal docente con funciones de asesoría técnica pedagógica, en lo sucesivo "Personal Educativo".
II.- "EL PROGRAMA", para el tipo básico, llevará a cabo acciones dirigidas al "Personal Educativo"
preferentemente quienes participan en los mecanismos del Servicio Profesional Docente encaminadas a lograr aptitudes, conocimientos, capacidades o habilidades complementarias para el desempeño en el Servicio Educativo, a través de la impartición de cursos y/o diplomados, así como de otras acciones formativas, en lo sucesivo "Oferta Académica de Formación" en términos de lo señalado en las "Reglas de Operación".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal, que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que en su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Básica, unidad administrativa a la que le corresponde, entre otras atribuciones, planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de las unidades administrativas adscritas a la misma, en términos de lo dispuesto por el artículo 6, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
I.3.- Que en la referida Subsecretaría se encuentra adscrita la Dirección General de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional de Maestros de Educación Básica, en lo sucesivo la "DGFC", a la que le corresponde, entre otras atribuciones: proponer la regulación del sistema nacional de formación continua, actualización de conocimientos, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica;
garantizar en coordinación con las autoridades educativas locales que la oferta de formación continua, cumpla con lo previsto en el artículo 60 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, así como impulsar, en coordinación con las autoridades educativas locales, el ofrecimiento de programas y cursos gratuitos, idóneos, pertinentes y congruentes con los niveles de desempeño que se desea alcanzar, para la formación continua, actualización de conocimientos y desarrollo profesional del personal docente y con funciones de dirección y de supervisión que en la educación básica se encuentren en servicio, en términos de lo dispuesto por el artículo 33, fracciones I, VI y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y el Acuerdo número 01/03/16 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril de 2016.
I.4.- Que el Subsecretario de Educación Básica suscribe el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de enero de 2017.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 20/9/2018 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha20/09/2018

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30