Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/10/1999 - Legislativo
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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo
PERIODICO OFICIAL
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
REGISTRO POSTAL
Responsable
PD-TAM-009 09 21
PUBLICACION PERIODICA
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXXIV
Cd. Victoria, Tam., Miércoles 6 de Octubre de 1999.
NUMERO 80
SUMARIO
TOMO CXXIV
Octubre 6 de 1999
Núm. 80
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 30
PODER EJECUTIVO
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
Pág.
EDICTO a los CC. ERNESTINA
URIBE
RODRIGUEZ y ADALBERTO VICENCIO
CALDERON, del poblado "Santa Apolonia", Mpio. de Río Bravo, Tam.-Exp. 265/99.-1a.
Publicación EDICTO a los CC. EDUARDO RAMIREZ
CHAVEZ y JUAN CASTILLO VAZQUEZ, del poblado "Graciano Sánchez", Mpio. de San Carlos, Tam.-Exp. 74/99.-1a. Publicación..
EDICTO
1
2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA GENERAL
DECRETO No. 59, mediante el cual se otorga Pensión Vitalicia, por enfermedad, al C.
BENITO CARREON SANCHEZ, por el equivalente al 100% del último salario que percibió ACUERDO No. 9, por el que se aprueba en todas sus partes la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 58 de Ia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ACUERDO GUBERNAMENTAL, mediante el cual se concede al C. LIC. EUGENIO ZERMEÑO
GUAJARDO, Notario Público Número 85, con ejercicio en el Octavo Distrito Judicial del Estado y residencia legan en Ciudad Mante, Tamaulipas, Licencia para continuar separado de su función notarial por el término de UN
AÑO RENUNCIABLE: así mismo, se autoriza al C. LIC. JOSE EDUARDO MORALES
ARIAS, para que actúe como Adscrito..
PLAN MUNICIPAL de Desarrollo del Municipio de Xicoténcatl 1999-2001.- Anexo.
PLAN MUNICIPAL de Desarrollo del Municipio de AIdama 1999-2001.-Anexo.
-AVISOS JUDICIALES Y DE INTERES GENERAL-
DISTRITO 30
2
3
3
ERNESTINA URIBE RODRIGUEZ Y
ADALBERTO VICENCIO CALDERON.
Al margen un sello que dice: "Estados Mexicanos.-Tribunal Unitario Agrario.-Distrito 30".
Unidos
En cumplimiento al auto dictado por el Tribunal Unitario Agrario, Distrito 30, en audiencia celebrada el veintiseis de agosto del presente año, dentro de los autos del Juicio Agrario 265/99, promovido por RAUL CABRERA FLORES, TEODORO
MARTINEZ BARRIOS y DIEGO GALLEGOS GONZALEZ, en su carácter de presidente, secretario y tesorero respectivamente del comisariado jidal, del poblado SAN
APOLONIA, Municipio de Río Bravo, Tamaulipas, en contra de ERNESTINA URIBE RODRIGUEZ y ADALBERTO VICENCIO
CALDERON, a quienes reclaman la nulidad de la enajenación que hubiere realizado sobre una unidad de dotación que le corresponde como legítima ejidataria a ROSA MORALES
RODRIGUEZ en el Ejido SANTA APOLONIA, Municipio de Río Bravo, Tamaulipas., por no reunir los requisitos del derecho del tanto establecidos en el artículo 80 de la Ley Agraria en vigor, de quienes bajo protesta de decir verdad, manifiestan desconcer su domicilio por lo que conforme a lo dispuesto en el Artículo 173 de la Ley Agraria; el Magistrado ordenó notificar y emplazar a las personas antes referidas por medio de Edictos, los que deberán publicarse por DOS VECES dentro de un plazo de diez días en uno de los diarios de mayor circulación en el Municipio de Río Bravo, Tamaulipas, y en el Periódico Oficial del Estado, así como, en las Oficinas de la Presidencia Municipal del citado Municipio, y en los Estrados de este Tribunal, para la Audiencia que tendrá verificativo A LAS ONCE
HORAS DEL DIA ONCE DE NOVIEMBRE DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, en el local de este Tribunal, sito en Avenida Juan B. Tijerina No. 538 Norte, de esta ciudad capital, advirtiéndoles que la audiencia se desarrollará conforme a lo establecido en el Artículo 185 de la Ley Agraria, haciéndoles de su conocimiento que las copias de traslado de la demanda y anexos, se encuentran a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal.
Asimismo, que deberán señalar domicilio en esta ciudad capital para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo,