Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/1/1999 - Legislativo

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

4

PERIODICO OFICIAL

mos que fueron recibidos el veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y uno.
NOVENO.-El Registro Público de la Propiedad en el Estado informó por oficio sin número del treinta de junio de mil novecientos noventa y dos, sobre antecedentes de los predios rústicos qua a continuación se mencionan; predio con superficie de 29-49-93
DOSCIENTAS
VEINTINUEVE
HECTAREAS, CUARENTA Y NUEVE AREAS, NOVENTA Y TRES
CENTIAREAS, localizado con las colindancias siguientes, AL NORTE con terrenos baldíos, AL SUR, termina con un Superficie, AL ESTE, SURESTE con terrenos solicitados por Nuevo Centro de Población Ejidal denominado SIERRA MADRE, y AL OESTE con terrenos del Ejido LA REFORMA, no hay antecedentes del registro de este echo a nombre de persona alguna;
otro predio con Superficie de 335-41-24
TRESCIENTAS TREINTA Y CINCO HECTAREAS, CUARENTA
Y UN
AREAS, VEINTICUATRO
CENTIAREAS con las colindancias que a continuación se mencionan: AL NORTE con propiedad de EFREN
ZAPATA DE LEON, AL SURESTE y OESTE terrenos proyectados para el Nuevo Centro de Población Ejidal SIERRA MADRE, AL OESTE con la propiedad de EMILIANO GARCIA y RAUL CUELLAR GARCIA, predio que se encontró registrado a nombre de persona alguna.
La Delegación Agraria en el Estado comisionó a BENlTO VERGARA ALATRISTE por oficio número 0341
de veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y dos al efecto de que realizara los trabajos técnicos informativos complementarios, el comisionado rindió informe el siete de agosto del mismo año del que Se conoce que con respecto a las 564-91-17 QUINlENTAS
SESENTA Y CUATRO HECTAREAS, NOVENTA Y UN
AREAS, DIECISIETE CENTIAREAS de agostadero de mala calidad de terrenos considerados como baldíos o propiedad de la Nación, integrado por los polígonos lV con 335--41-24 TRESCIENTAS TREINTA Y
CINCO HECTAREAS, CUARENTA Y UN AREAS, VEINTICUATRO CENTIAREAS y con 229-49-93
DOSCIENTAS
VEINTINUEVE
HECTAREAS, CUARENTA Y NUEVE AREAS, NOVENTA Y TRES
CENTIAREAS se recabó constancia del Treinta de junio del mismo año firmada por el Director del Registro Público de la Propiedad, en donde se manifiesta que de acuerdo a las colindancias de los Polígonos mencionados éstos no se encuentran inscritos a nombre de persona alguna; respecto a la copropiedad de PEDRO, ANDRES y LORENZO SORIA NlETO de 599-00-00 QUINIENTAS NOVENTA Y NUEVE
HECTAREAS
el último vendió su porción correspondiente a RAUL CUELLAR GARCIA y a LUCIANO GARCIA P. 93-00-00 NOVENTA Y TRES
HECTAREAS a cada uno, las cuales se encontraron en estado de inexploración por más de dos años consecutivos; ahora bien el comisionado manifiesta que con respecto a los solicitantes de la creación del N. C.
P. E. que de constituirse llevará el nombre de SIERRA
MADRE, del mismo municipio y estado que el poblado en estudio, éstos ya fueron proyectados en otra porción del mismo predio.

DECIMO.-El Cuerpo Consultivo Agrario aprobó punto de acuerdo el diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y dos con el efecto de girar instrucciones a la Dirección General de Tenencia de la Tierra para que inicie el procedimiento de cancelación de certificado de inafectabilidad ganadera número 3705715, expedido el dos de abril de mil novecientos ochenta y siete, a favor de ANDRES, PEDRO y LORENZO SORIA NIETO, para amparar el predio denominado PINO SOLO, ubicado en el Municipio dé Jaumave, Estado de Tamaulipas, en una superficie de . . . .
371-00-00 TRESCIENTAS SETENTA Y UN HECTAREAS de agostadero de terrenos áridos; y que una vez concluido se turnara documentación correspondiente junto con su expediente a la Consultoría Regional con sede en San Luis Potosí.
DECIMO PRIMERO.-La Dirección General de Tenencia de la Tierra, Dirección de lnafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agropecuaria, mediante oficio número 611000 del diecisiete de agosto de mil novecientos noventa y tres, procedió a notificar a LUCIANO noventa R., ANDRES SORIA NIETO, PEDRO SORIA NIETO, RAUL CUELLAR GARCIA, LORENZO SORIA NIETO, en base al acuerdo emitido por el Cuerpo Consultivo Agrario, del diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y dos, ya que se instauró en su contra el procedimiento para dejar sin efectos jurídicos el acuerdo emitido por el Secretario del ramo y cancelar el certificado de inafectabilidad ganadera número 370715 expedido a favor de PEDRO, ANDRES y LORENZO, de apellidos SORIA NIETO, que ampara el predio rústico denominado PINO SOLO, en una superficie de 371-00-00 TRESCIENTAS SETENTA
Y UN HECTAREAS de agostadero ubicado en el Municipio de Victoria Tamaulipas.
DECIMO SEGUNDO.-La Dirección General de Tenencia de la Tierra, Dirección de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agropecuaria el veinte de diciembre de mil novecientos noventa y tres emitió su dictamen dejando sin efectos jurídicos el acuerdo del Secretario de la Reforma Agraria del dos de abril de mil novecientos ochenta y siete así como la cancelación del certificado de inafectabilidad ganadera número 370715
expedido a favor de PEDRO, ANDRES y LORENZO
SORIA NIETO, que ampara el predio rústico denominado PINO SOLO, ubicado en el Municipio de Victoria, Tamaulipas, en una superficie de 371-00-00
TRESCIENTAS SETENTA Y UN HECTAREAS, así como también tildar su inscripción en el Registro Agrario Nacional.
DECIMO TERCERO.-El Cuerpo Consultivo Agrario emitió su dictamen el veintidós de septiembre de mil novecientos noventa y tres, en sentido positivo.
DECIMO CUARTO.-El Cuerpo Consultivo Agrario emitió acuerdo el quince de agosto de mil novecientos noventa y cinco en donde suspende los efectos jurídicos del dictamen positivo, así como el acuerdo que autorizó el plano proyecto de localización, aprobados por el Cuerpo Consultivo Agrario el veintidós de septiembre de mil novecientos noventa y tres y dos de febrero de mil novecientos noventa y cuatro, relativos a la acción de nulidad y cancelación de certificado de inafectabilidad y segunda ampliación de ejido, promovida por

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 27/1/1999 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha27/01/1999

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4064

Primera edición02/01/1999

Ultima edición22/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 1999>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31