Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/9/2022 - Judicial

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Página 40

Victoria, Tam., jueves 22 de septiembre de 2022

convocando a los interesados en la herencia y acreedores, a fin de que se presenten a deducir sus derechos dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN
El C. Secretario de Acuerdos del Ramo Familiar, LIC.
CARLOS GABRIEL CASTILLO VILLANUEVA.- Rúbrica.
5906.- Septiembre 22.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
El Licenciado José Luis Tobías Bazán, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintidós, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00079/2022, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de CELIA MIRANDA SUAREZ, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto;
comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y atendiendo al Acuerdo General 5/2022, de fecha quince de marzo de dos mil veintidós, emitido por el Consejo de la Judicatura del Estado, que establece que en el caso de que la parte demandada deseé dar contestación a la demanda tramitada en su contra este Tribunal tiene a bien insertar del citado acuerdo lo siguiente: SEGUNDO.Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas.- Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los Juzgadores, directamente en las oficialías de partes y, en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía.- Asimismo, los interesados podrán presentar diversas promociones mediante el Tribunal Electrónico, a excepción de demandas iniciales y contestaciones. - Las personas que presenten alguna solicitud ante las Oficialías de Partes o, en su caso, ante los Órganos Jurisdiccionales, deberán portar en todo momento cubre bocas, así como respetar la sana distancia y acceder un solo usuario, ingresando el siguiente hasta en tanto el usuario que se encuentre al interior, salga del recinto.- En términos del párrafo quinto del artículo 22 bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, las partes pueden anexar, a sus promociones electrónicas, documentos digitalizados que originalmente consten en papel, debiendo estar debidamente signadas a través de la Firma Electrónica Avanzada así como cualquier otro medio de prueba a que se refiere el diverso artículo 379 del referido Código, de igual manera en el sistema tradicional penal conforme a lo establecido por el artículo 26 Bis del Código de Procedimientos Penales del Estado, las partes podrán anexar documentos digitalizados que originariamente consten en papel, así como cualquiera de los medios de prueba a que se refiere el artículo 193
fracciones II y III de ese Código.- Es dado para su publicación a los seis días del mes de abril de dos mil veintidós.- DOY FE.

Periódico Oficial
ATENTAMENTE
El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR BRAVO PEREZ.
5907.- Septiembre 22.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
La Licenciada Karla Karina Trejo Torres, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González, Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha dieciocho de agosto del dos mil veintidós, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00202/2022, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de GONZALA REYES HERNANDEZ, LUISA
REYES HERNANDEZ, denunciado por ALDO JOSÉ
CAMPOS FLORES Y JOSÉ ALBERICO CAMPOS
FLORES, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto; comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y tomando en consideración que en la presente sucesión no existen partes demandadas, sin embargo al tratarse de un asunto de los contemplados en el Acuerdo General 12/2020, de fecha veintinueve de mayo del dos mil veinte, 14/2020 de fecha veintinueve de junio del dos mil veinte, 15/2020 de fecha treinta de julio del dos mil veinte y 7/2021 de fecha doce de noviembre de dos mil veintiuno, emitidos por el Consejo de la Judicatura del Estado, este Tribunal con el objeto de que pudiera tener interés alguna persona en esta Sucesión en deducir sus derechos hereditarios tiene a bien inserta SEGUNDO.- Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas.- Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los Juzgadores, mediante los buzones judiciales o directamente en las oficialías de partes y, en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía. 4. Para el caso de contestación de demandas y promociones dentro del juicio, el usuario deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el apartado de Pre registro de contestación de demandas o Pre registro de promociones diversas, según sea el caso.Al abrirlo abra la opción de registrar los datos de número de expediente, nombre del demandado, nombre del abogado apoderado y de igual manera imprimir la carátula con el folio, fecha y hora en las que deberá acudir para depositarla en el buzón que estará dispuesto en la sede del órgano jurisdiccional.- 5. En los casos en que la fecha y hora que el sistema genere para la presentación del escrito de contestación de demanda sea posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a depositar el sobre con la carátula pegada a éste, al buzón previo a que venza su término para la contestación de que se trate.- 6. 7.
Si el Juzgado realiza alguna observación a los documentos presentados, realizará la prevención correspondiente, la cual se mandará al correo con el acuerdo anexo en el que se defina el motivo de la prevención. En términos del párrafo quinto del artículo 22 Bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, las partes pueden

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/9/2022 - Judicial

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaísMéxico

Fecha22/09/2022

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones1702

Primera edición11/03/2010

Ultima edición20/07/2023

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