Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/8/2022 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
II.
III.
IV.
V.

VI.
VII.

VIII.
IX.

X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.

Victoria, Tam., martes 30 de agosto de 2022

Página 29

Apoyar en el ámbito jurídico a las Unidades Administrativas de la Dependencia;
Preparar los recursos jurídicos necesarios para la defensa jurídica de la Dependencia y el Titular de la Oficina en asuntos relacionados con el ejercicio de sus atribuciones;
Apoyar en la formulación de los procedimientos legales por hechos o acciones u omisiones relacionados con la Dependencia;
Preparar los proyectos de informes previo y justificado que en materia de juicio de amparo deba rendir el Titular de la Oficina cuando sea señalado como autoridad responsable, así como intervenir cuando tenga el carácter de tercero interesado, y formular, en general las promociones relativas;
Apoyar en la tramitación de los asuntos laborales que se substancien ante las diversas instancias jurídicas;
Formular los anteproyectos de iniciativa de leyes, convenios, reglamentos, decretos, acuerdos de observancia general y demás ordenamientos jurídicos relacionados con las atribuciones de la Dependencia, considerando la participación de las Unidades Administrativas que correspondan;
Compilar y divulgar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás normatividad relacionada con las atribuciones de la Dependencia;
Auxiliar a la Dirección Administrativa en la formulación de actas administrativas que, con motivo de los actos de los servidores públicos adscritos a las Unidades Administrativas de la Dependencia, deban instrumentarse;
Revisar el aspecto jurídico de las propuestas del reglamento interior y los manuales correspondientes de la Dependencia;
Apoyar en la gestión de la publicación de los ordenamientos, disposiciones y documentos que emita el Titular de la Oficina;
Dar seguimiento a la observancia y aplicación del presente Reglamento interior;
Apoyar en la instrumentación de la política de igualdad de género y los derechos humanos entre las personas que integran la Dependencia:
Las demás que le otorguen otras disposiciones legales, el presente Reglamento, así como las que le encomiende o delegue el mando superior inmediato.
TÍTULO CUARTO
DE LA SUPLENCIA DE LAS PERSONAS TITULARES
CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 88.- Durante las ausencias temporales del Titular de la Oficina, será suplido para el despacho y la resolución de los asuntos de su competencia, por el servidor público que éste designe, sin menoscabo del despacho y resolución de los asuntos correspondientes a cargo de las personas titulares de las Coordinaciones de Oficina de Representación Regional del Gobierno del Estado de Tamaulipas, de Asesores del Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, de Comunicación Social del Gobierno del Estado, de la Representación del Gobierno del Estado de Tamaulipas en la Ciudad de México y/o Secretaria Técnica que designe el Titular del Ejecutivo.
La persona titular de la Unidad Administrativa que suscriba los actos jurídicos o documentos relativos al ejercicio de las funciones del Titular de la Oficina, deberán realizarlo señalando expresamente su carácter de suplente.
ARTÍCULO 89.- Las ausencias temporales de las personas titulares de las Coordinaciones, Representaciones, Secretarías, Asesores, Direcciones Generales y Direcciones, se suplirán por las personas servidoras públicas de nivel jerárquico inmediato inferior en los asuntos de las respectivas competencias o por quien designe el Titular de la Oficina.
TÍTULO QUINTO
DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 90.- Los servidores públicos adscritos a la Dependencia, tendrán las siguientes obligaciones:
I.
Deberán integrar y custodiar durante los plazos previstos en los ordenamientos aplicables los expedientes, la documentación, información, registros y datos, aún los contenidos en medios electrónicos que en ejercicio de sus atribuciones generen, administren, obtengan, manejen o archiven, de conformidad con las disposiciones legales y normatividad aplicables; impidiendo y evitando su utilización indebida, la substracción, destrucción u ocultamiento de la misma por cualquier medio no autorizado.
II.
Impedirán en el ámbito de su competencia, la actualización de la figura jurídica de la prescripción, preclusión, caducidad o cualquier otra que extinga el ejercicio de un derecho adjetivo o sustantivo que implique la pérdida o menoscabo en el patrimonio del Estado.
III.
Estarán obligados a procurar la conservación de las instalaciones, de su área de trabajo, reportando inmediatamente al departamento de servicios las irregularidades que observen en su funcionamiento.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/8/2022 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha30/08/2022

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1119

Primera edición27/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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