Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/11/2021 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 10 de noviembre de 2021

Página 3

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO
LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN XLIV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
PUNTO DE ACUERDO No. 65-13
ARTÍCULO PRIMERO. La Legislatura 65 del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, determina que se publique en sus términos en el Periódico Oficial del Estado, la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 2o., 4o., 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, cuyo contenido es el siguiente:
MINUTA
PROYECTO DE DECRETO
POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 2o., 4o., 35, 41, 52, 53, 56, 94 Y 115; DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE PARIDAD DE
GÉNERO.
Artículo Único.- Se reforman la fracción VII del apartado A del artículo 2; el párrafo primero del artículo 4; el párrafo primero y la fracción II del artículo 35; los párrafos primero y segundo de la fracción I del artículo 41; el artículo 52; los párrafos primero y segundo del artículo 53; los párrafos primero y segundo del artículo 56; el tercer párrafo del artículo 94; el párrafo primero de la fracción I del artículo 115, y se adicionan un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes al artículo 41; un párrafo octavo, recorriendo los subsecuentes, al artículo 94, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 2o.


A.
I. a VI.
VII. Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables.
VIII.
B.
Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/11/2021 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha10/11/2021

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1057

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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