Periódico Oficial de Tamaulipas del 16/9/2020 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 16 de septiembre de 2020

Página 3

De conformidad con el oficio número FGJ/004/2020 del 24 de enero de 2020, suscrito por Irving Barrios Mojica, en su carácter de Fiscal General de Justicia del Estado de Tamaulipas, se solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM, recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres en Reynosa, Tamaulipas.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Criterios de Operación para Acceder a los Subsidios Destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres para el Ejercicio Fiscal 2020 Criterios, publicados el 23 de diciembre de 2019 por la CONAVIM, el Comité de Evaluación de Proyectos Comité determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $25,000,000.00 Veinticinco millones de pesos 00/100 M.N. exclusivamente para creación del Centro de Justicia para las Mujeres. Dicha situación se notificó al Gobierno del Estado de Tamaulipas mediante oficio número CNPEVM/160-3/2020 del 28 de febrero de 2020.
El Centro de Justicia para las Mujeres ubicado en Av. Pemex, lote 518, Fracción 4-A, dentro de la cuadricula del Distrito de Riego del Bajo Río San Juan, Tamaulipas.
La dependencia responsable del proyecto se compromete a concluir la segunda etapa del Centro de Justicia para las Mujeres, que se construye en el 2020. En caso de que la totalidad del proyecto obra pública se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apagarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que deriven del mismo.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.
I.1.

I.2.

I.3.

I.4.

I.5.

I.6.

I.7.

LA SECRETARÍA declara que:
Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.
De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 Decreto, y puede celebrar convenios de conformidad con la fracción XIII del artículo Cuarto del decreto antes referido.
La persona Titular de la Comisión Nacional cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente convenio, con fundamento en el artículo Cuarto, fracción XIII del Decreto de Creación de la CONAVIM y en el artículo 115, fracción V del RISEGOB.
Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, y con la constancia de suficiencia presupuestaria número 314583.
Señala como su domicilio el ubicado en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.

II.
EL GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1o. de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Tamaulipas, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 77 y 91, fracción XXI de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 16/9/2020 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha16/09/2020

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones1120

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/06/2024

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