Periódico Oficial de Sinaloa del 22/9/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

Miércoles 22 de Septiembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 635
ARTÍCULO PRJMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 75 de la Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de la Educación del Estado de Sinaloa, se concede pensión por jubilación a la C. ESPERANZA
ARIAS MORALES, por la cantidad de $10,295.72, mensuales.
. .
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos delEstado de Sinaloa p"!
el ;mo 2004, en la Partida 0601 170103 Jubilados y Pensionados Magisterio, tomando en cuenta el monto de
la pensión porjubilaCióri a: queserefiere el presente Decreto.
. . .
TRANSITORIO:
ARTÍCULO úNrco.- Elpresente Decreto entrará en vigor el día iguienteal de su publicación en el Periódico Oribial ,El Estarlo de Sinalom>.
. . .
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M.Arrnienta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

GOBIERNO DEL ESTADO

EL CIUDADANO JUAN S. MnLAN LIZARRAGA, Gobernador ConstitucionnJ del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado 10 sigúiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberuno de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERo: 634
ARTÍCULO PRlMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción xxvm de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículo 75 de la Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de la Educació!l del Estado de Sinaloa, se concede pensión por jubilación a la C. MARÍA
LillSAARlAS MORALES, por la cantidad de $7,830.54, mensuules.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos delEstado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 03 Jubiludos y Pensionados Magisterio. tomando en cuenta el monto de, la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalmm.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en lu ciudad de CuJiaclÍn Rosales, Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por 10 tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de CuJiacán Rosales, Sinalon, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Mil1án Lizárrnga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Arrnienta Calderón; El Secretario deAdministrnción y Finanzas, Oscar J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 634
ARTÍCULO PRJMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloay artículo 75 de la Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de la Educación del Estado de Sinaloa, se concede pensión por jubilación a la C. MARÍA
LillSAARIAS MORALES, por la cantidad de $7,830.54, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 060 1 1701 03 Jubilados y Pensionados Magisterio, tomando en cuenta el monto de.
la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinalo!l.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del meS de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M.Arrnienta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERo: 635
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción xxvm de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulo 75 de la Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de la Educación del Estado de SinaIoa, se concede pensión porjubilación a la C. ESPERANZA
ARIAS MORALES, por la cantidad de $10,295.72,. mensuales.
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Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cualro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Mil1á Lizórraga;
El Secretario General de Gobierno, GonzaJo M. Armienta Calderón; El Secretario de Administrnción y Finanz.o.s, Oscar 1. LaraAréchiga.- Rúbricas.
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GOBIERNO DEL ESTADO

Miércoles 22 de Septiembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 22/9/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha22/09/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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