Periódico Oficial de Sinaloa del 20/9/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

Lunes 20 de Septiembre de 2004

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l.

Funglr como la autoridad en el procedimiento de responsabilidades y sanciones administrativas a que se refiere el articulo 6, fracción 111 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa por lo que respecta a los servidores públicos que prestan sus servicios en las pollclas preventivas e investigadoras;

Que el Centro Estatal Antlcorrupclón PolJclal, para el efIcaz, eficiente y efectivo desarrollo de sus responsabilidades, se configurará como órgano administrativo desconcentrado, con autonomfa técnica y administrativa, que le permita cumplir cabalmente con las atribuciones conferidas ArtIculo 4".- Para el cumplimiento de su objeto el Centro tendrá las atribuciones siguientes:
Capitulo 11
De tas Atribuciones del Centro
En merito de lo expuesto me permito expedir el siguiente:
V.

Secretario: El Secretario de la Contralorla y Desarrollo Administrativo.

y,
Decreto Que crea el Centro Estatal Anticorrupción Policial
SecretarIa: La Secretaria de la Contralorla y Desarrollo Administrativo del Poder Ejecutivo Estatal;

IV.

Personal Policial: Los servidores públicos que prestan sus servicios en las pollclas preventivas e investigadoras;

111.

Ley: La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnal.oa;

11.

Centro: El Centro Estatal Antlcorrupclón Policial;

1,
Capitulo I
Disposiciones Generales
Articulo 1._ Se crea el Centro Estatal Antlcorrupclón Policial, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaria de la Contralorla y Desarrollo Administrativo del Poder Ejecutivo Estatal, con autonomla técnica y administrativa. tendrá las facultades y deberes que le corresponden a la SecretarTa en el procedimiento de responsabilidades y sanciones administrativas a que se refiere el artIculo 6, fracción 111 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa por lo que respecta a los servidores públicos que prestan sus servicios en las polleras preventivas e Investigadoras, asi mismo combatir y erradicar las conductas Indebidas o de corrupción en que Incurrieren en el ejercicio de la función policial, normar, coordinar, promover y ejecutar funciones y acciones a través de instrumentos, mecanismos y procedimientos para el control, vigilancia, supervisión y evaluación del desempeño de los citados servidores públicos.
Articulo 3",- Para los efectos de este Decreto se entiende por:

El Centro tendrá su domicilio en la ciudad de Culiacán Rosales,
Articulo 2",- El Centro Estatal Antlcorrupclón Policial se regulará conforme a las disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa, la Ley de Seguridad Pública del Estado de Slnaloa, la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Slnaloa, la Ley Orgánica de la Administración Pública y su Reglamento Orgánico, el Reglamento Interior de la SecretarIa de la Contralorla y Desarrollo AdminIstrativo, este Decreto, su reglamento Interior y demás disposIciones jurldlcas aplicables,
Artrculo 2._ El Centro Estatal Antlcorrupclón Policial se regulará conforme a las disposiciones de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa, la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sin aloa, la ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Slnaloa, la ley Orgánica de la Administración Pública y su Reglamento Orgánico, el Reglamento Interior de la Secretaria de la Contralorla y Desarrollo Administrativo, este Decreto, su reglamento Interior y demás disposiciones jurrdlcas aplicables.

Articulo 1",- Se crea el Centro Estatal Antlcorrupclón Policial, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaria de la Contralorla y Desarrollo Administrativo del Poder Ejecutivo Estatal, con autonomla técnica y administrativa, tendrá las facultades y deberes que le corresponden a la Secretaria en el procedimiento de responsabilidades y sanciones administrativas a que se refiere el articulo 6, fracción 111 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa por lo que respecta a los servidores públicos que prestan sus servicios en las pollclas preventivas e Investigadoras, asl mismo combatir y erradicar las conductas Indebidas o de corrupción en que Incurrieren en el ejercicio de la función policial, normar, coordinar, promover y ejecutar funciones y acciones a través de instrumentos, mecanismos y procedimientos para el control, vigilancia, supervisión y evaluación del desempeño de los citados servidores públicos, El Centro tendrá su domicilio en la ciudad de CuIiacán Rosales.

Artículo 3._ Para los efectos de este Decreto se entiende por:
l.

Centro: El Centro Estatal Antlcorrupclón Policial;

11.

ley: La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnal.oa;

111.

Personal Policial: los servidores públicos que prestan sus servicios en las pollclas preventivas e investigadoras;
Capitulo I
Disposiciones Generales
Secretar.a: La Secretaria de la ContralorTa y Desarrollo Administrativo del Poder Ejecutivo Estatal;

y, V.

Decreto Que crea el Centro Estatal Anticorrupclón Policial
IV.

Secretario: El Secretario de la Contralorfa y Desarrollo Administrativo.
En merito de lo expuesto me permito expedir el siguiente:
CapItulo 11
De las Atribuciones del Centro
Que el Centro Estatal Antlcorrupclón Policial, para el eficaz, eficiente y efectivo desarrollo de sus responsabilidades, se configurará como órgano administrativo desconcentrado, con autonomla técnica y administrativa, que le permita cumplir cabalmente con las atribuciones conferidas Articulo 4 11 ,_ Para el cumplimiento de su objeto el Centro tendré las atribuciones siguientes:

Funglr como la autoridad en el procedimiento de responsabilidades y sanciones administrativas a que se refiere el artfculo 6. fracción 111 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Slnaloa por lo que respecta a los servidores públicos que prestan sus servicios en las polleras preventivas e investigadoras;

Lunes 20 de Septiembre de 2004

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EL ESTADO DE SINALOA 3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 20/9/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha20/09/2004

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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