Periódico Oficial de Sinaloa del 1/9/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

2 EL ESTADO DE SINALOA

Miércoles 01 de Septiembre de 2004

GOBIERNO DEL ESTADO
IV. El fomento de centros de población con dimensiones y condiciones apropiadas:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Slnaloa. representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente:

111. La distribución equilibrada y sstentable de los centros de poblacl6n y las actividades económIcas en el territorio estatal;
DECRETO NÚMERO

adecuadamente las cargas y los beneficios de los procesos de urbanización;

11. El desarrollo sustentable del Estado. armonizando las relaciones de las ciudades con sus reglones y distribuyendo Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Slnaloa El aprovechamiento de los elementos naturales ,susceptibles de apropiacIón en beneficio social. promoviendo su desarrollo en forma equlllb:Bda;
Titulo Primero Disposiciones Generales
_1.

Articulo 2. El ordenamiento terrItorIal de los asentamientos humanos y el desarrollo urpano de los centros de poblacl6n.
tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la población, mediante:

Capitulo Único Cepltulo Del Objeto y Definiciones DeHnlclones de la le Ley
recursos
yprocedimientos administrativos.

Articulo 1. La presente Ley reglamenta la planeclón, administración, fomento y control del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros da de población en enel el Estado de Slnaloa, 51na108, conforme a los fines senaledos en los ertlculos27, senalados articulas 27, 73 y 115 de la Constitución Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos Mexlcenos y su legislación reglamentaria, sus disposiciones son de orden público e Interés,soclal Interés. social y tienen por objeto:

V!. Fijar las medidas de se,gurldad, Infracciones y sancIones a efeclo de asegurar su cabal cumplimiento y definir los V. Establecer las bases para la partlclpacl6n social en materia de asentamientos humanos; y,
IV. Fijar las normas que regulen toda acción urbana;
1. Establecer las normas que regulen la concurrencia del Estado y los Municipios que lo Integran en materia de ordenación y regulación de los asentamientos humanos en la Entidad;

111. Establecer las normas conforme a las cuales el Estado y los Municipios ejercerán sus atribuciones para planear, ordenar y regular el territorio y determinar las provisiones, usos, destinos y reservas de áreas y predios;

It.
11. Establecer las normas para la planeaclón y la regulación regUlación del ordenamiento ordenamlimto territorial de los asentamientos humanos yl.
y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;

11. Establecer las normas para la planeaclón y la regUlación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la fundacl6n, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;

111. Establecer las normas conforme a las cuales el Estado y los Municipios ejercerén 111, ejercerán sus atribuciones para planear, ordenar y regular el territorio y determinar las provisiones, usos, destinos y reservas de áreas y predios;

1. Establecer las normas que regulen la concurrencIa del Estado y los Municipios que lo Integran en materIa de ordenacIón y regulación de los asentamientos humanos en la Entidad;
IV. Fijar las les normas que regulen toda acción urbane;
urbana;

Articulo 1, La presente Ley reglamenta la planeBclón, admlnlstraclOn, fomento y control del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros da poblacl6n enel Estado de Slnaloa, conforme a los fines senalados en los articulas 27, 73 Y 115 de la Constitución PoHtlca de los Estados UnIdos Mexicanos y su leglslacl6n reglamentaria, sus dIsposiciones son de orden público e Interés, social y tienen por objeto:

V. Establecer las bases para la participación social en materia malerla de asentamientos humanos; y,
VI. Fijar las medidas de se.gurldad, Infracciones y sancione.
sanciones a efecto de asegurar su cabal cumplimiento y definir deHnlr los recursos y yprocedimientos administrativos.
admInistrativos.
Capitulo Único Del Objeto y Dennlclones de la Ley
Articulo 2.
2. El ordenamiento territorial de los asenlamlentos asentamientos humanos y el desarrollo urpano de los centros de población, tenderé a mejorar el nivel y calidad de vida de le tenderá la población, mediante:

Titulo Primero DisposIcIones Generales
J.l. El aprovechamiento aproveChamiento de los elementos naturales .susceptlbles ,susceptibles de apropiación en beneficio social, promoviendo su desarrollo en forma equilibrada;
eqUilibrada;
Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Slnaloa
11. El desarrollo sustentable del Estado, armonizando las releclones relaciones de las ciudades con sus reglones y distribuyendo adecuadamente las cargas y las los beneficios dejos de los procesos de urbanización;
DECRETO NÚMERO--.

111. La distribución equilibrada y sustentable de los centros de población y las actividades económicas en el territorio estatal:
estatal;
-

El H. Congreso del Estado Llbr y Soberano de 8lnaloa, representado por su aUlncuagéslma Séptima LegIslatura, ha tenido a bien expedir el siguiente:

IV. El fomento de centros de población con dimensiones y condiciones apropiadas;

GOBIERNO DEL ESTADO
2 EL ESTADO DE SINALOA

Miércoles 01 de Septiembre de 2004

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 1/9/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha01/09/2004

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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