Periódico Oficial de Sinaloa del 4/8/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

EL ESTADO DE SINALOA

Miércoles 04 de Agosto de 2004

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Articulo Sexto. Se faculta Igualmente al municipio de Rosario para que constituya como fuente de pago del crédito, los Ingresos procedentes de aportaciones de los beneficiarios de las obras y servicios que se realicen y cualquier otro Ingreso que proceda del uso o explotación de las obras públicas y servicios públicos realizados con este crédito. En el caso de que no pueda aplicarse o resulte insuficiente esa fuente de pago, se afectará la partida que anualmente se comprometa el Ayuntamiento
GOBIERNO DEL ESTADO

Articulo Quinto. El importe de la totalidad de las obligaciones que se deriven del contrato de crédito, será pagado por el muniGlplo de Rosario a la institución de crédito otorgante en el plazo que se convenga, el cual no deberá exceder de 15 quince años, mediante las exhibiciones y pagos que comprendan capital e Intereses y sean fijados en el contrato y en la tabla de amortización correspondiente.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LlZARRAGA. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinatoa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H Congreso del mismo se leha comunicado lo siguiente: ..

Articulo Cuarto. Las cantidades de que disponga el municipio de Rosario en ejercicio del crédito;
causarán Intereses que se pactarán en función del rango que le corresponda al municipio o al Estado de Sinaloa por la calificación que de su calidad crediticia alcance. Las tasas de Interés podrán ser revisables cuando asilo establezca el contrato de crédito respectivo y estarán sujetas a modificación en función de la variación que sufra la calificación del acreditado o el Estado de Sin aloa, en su caso.
Asimismo, cuando se presente mora por no cubrir en tiempo las amortizaciones e Intereses correspondientes a cualquiera de estas obligaciones, se aplicará la tasa acordada. con el Banco acredltante.

El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sin aloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura; ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 617

Articulo Primero. Seautoriza al municipio de Rosario, 81naloa para que a través de su Presidente Municipal, gestione y contrate con la Institución financiera que mejores condiciones de mercado ofrezca. un crédito hasta por la cantidad de $5,000.000.00 cinco millones de pesos 00/100 M.N., més accesorios financieros con cargo al financiamiento.

. Articulo Tercero. Las obras serán ejecutadas conforme a las disposiciones legales aplicables.
En caso de resultar Insuficiente el financiamiento para cubrir el costo total de los conceptos, el municipio de Rosario aportará la diferencia faltante con recursos presupuestales propios .

Articulo Segundo. El crédito de referencia se destinará precisa y exclusivamente a financiar la inversión que corresponde al municipio de Rosario en la pavimentación del Malecón de la ciudad Asilo de El Rosario, consistente en un tramo de mil metros a cuatro carriles de pavimento de adoquln, asl como los accesorios financieros con cargo al financiamiento.

Articulo Segundo. El crédito de referencia se destinará precisa y exclusivamente a financiar la inversión que corresponde al municipio de Rosario en la pavimentación del Malecón de la ciudad Asilo de El Rosario, consistente en un tramo de mil metros a cuatro carriles de pavimento de adoquln, asl como los accesorios financieros con cargo al financiamiento.

En caso de resultar Insuficiente el financiamiento para cubrir el costo total de los conceptos. el municipio de Rosario aportará la diferencia faltante con recursos presupuestales propios .

Articulo Primero. Se autoriza al municipio de Rosario, Slnaloa para que a través de su Presidente Municipal, gestione y contrate con la Institución financiera que mejores condiciones de mercado ofrezca, un crédito hasta por la cantidad de $5,000,000.00 cinco millones de pesos 00/100 M.N., más accesorios financieros con cargo al financiamiento.

. Articulo Tercero. Las obras serán ejecutadas conforme a las disposiciones legales aplicables., Artfculo Cuarto. Las cantidades de que disponga el municipio de Rosario en ejercicio del crédito;
causarán Intereses que se pactarán en función del rango que le corresponda al municipio o al Estado de 8inaloa por la callficadón que de su calidad crediticia alcance. Las tasas de Interés podrán ser revisables cuando as! lo establezca el contrato de crédito respectivo y estarán sujetas a modificación en función de la variación que sufra la calificación del acreditado o el Estado de 8lnaloa, en su caso.
Astmlsmo, cuando se presente mora por no cubrir en tiempo las amortizaciones e Intereses correspondientes a éualqulera de estas obligaciones, se aplicará la tasa acordada, con el Banco acreditan te.
DECRETO NÚMERO: 617

El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente,
Artfculo Quinto. El importe de la totalidad de las obligaciones que se deriven del contrato de crédlto será pagado por el munimipio de Rosario a la institución de crédito otorgante en el plazo que se convenga, el cual no deberá exceder de 15 quince años, mediante las exhibiciones y pagos que comprendan capital e Intereses y sean filados en el contrato y en la tabla de amortización correspondiente.

Que por el H, Congreso del mismo se leha comunicado lo siguiente:.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LlZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:

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Articulo Sexto. 8e faculta Igualmente al municipio de Rosario para que constituya como fuente de
pago del crédito, los Ingresos procedentes de aportaciones de los beneficiarios de las obras y serVicios, que se realicen y cualquier otro Ingreso que proceda del uso o explotación de las obras públlcasy servicios públicos realizados con est crédito. En el caso de que no pueda aplicarse o resulte
insuficiente esa fuente de pago, se afectará la partida que anualmente se comprometa el Ayuntamiento
GOBIERNO DEL ESTADO

Miércoles 04 de Agosto de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 4/8/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha04/08/2004

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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