Periódico Oficial de Sinaloa del 5/7/2004

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

, EDICTO
, En eUuicio agrario número 740/2002 se dictó por este triounal en siete de junio de 2004, un acuerdo que ordena emplazarlo a juicio, como 10
hp.go por medio del presente, que en 10 que interesa dice:,
, SEGUNDO.- Como lo solicita las ocursantes al acreditarse de autos que Manuela Archuleta Muñoz no ha sido emrllazada se les tiene por desistidaS en su eventua perjuicio de la demanda Qlanteada en contra de l areferida person-, con fundamento en el artículo 373, fracción lI, del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, y por otro lado teniendo en cuenta que las promovenles acreditan con la constancia exhibida por la autoridad municipal que se desconoce el Clomicilio de Alejandro ValdezLópez, confonne a lo establedido en e1 artfculo.173 de fa Ley Agrarijl; y. a efecto de respetar debIdamente la garantIa oe audiencia a demandados que se indica concediéndole el tiempo necesario para que comparezcan a la audienCIa de ley; se fijan las nueve .
horas del día diez de agpsto de dos mil cuatro, para que tenga verificativo-la audiencia prevista por el articulo 185 de la Ley Agraria, instru"yéndose al actuario de la adscripCión para que notifftue a todas y cada una de las panes que contienden el presente Juicio en los domicilios nrocesales que tienen acreditados en autos, previniéndolos para que a más tarcar el día de la audiencia den contestación a la demanda y. ofrezcan las pruebas de su interés, con el aperCibimiento que oe no presentarse a la, mismfl, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 185 mcción V de la Ley Agraria, se tendrán por ciertas las, afinnaciones de su contraria y por perdido su derecho para ofrecer pruebas y de no señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificacíone confonne 10 previene el numeml en cita, y 305 oel sUJ;!letorio Código Federal de Procedimientos Civiles las subsecuentes notificaciones aún las de caracter personales serán practicadas en los estrados de este uibunal, Clebiendo acudir debidamente asesorados .por un profesional del derecho., en atención a gue fa parte actom se encuentra legalmente asistida de abogado, para que exista guardad jurídica en. cuanto a su Clefensa..
TERCERO.- Con fundamento en el artículo 173 de la Ley Ag:aria se ordena el emplazamiento de Alejandro Valdez López por medio de edictos, que deoerán ser publicados por dos veces dentro de un plazo de dIez días en el Periódico de mayor circulación en la región en que este ubicado el inmueble relacionado con el procedimiento agrario, yen el Periódico Oficial de esta Entidad Federativa,.
así como en la oficina de la Presidencia Municipal del H. Ay.p,ntamiento de Los Mochis, Municipio de Ahomel,Sinaloa,.yen los estrados de este Trióunal enreranao al emplazado por ese medio, que mediante auto de seis de agosto de dos mil dos, se admitió a trámite la demanda promovida por el ejido "Jiquilpan", Municipio de Ahome, Sinaloa q!.llenes recfaman la restitucIón de una superficie de 00-5760.51 hectáreas y demás Rrestaciones que se consignan en su escrito inicial de demanda, y a quien se le previene para que a más tardar en la udiencia de ley, manifieste 10 que. a su, derecho corresp.onrla, ofiezca pruebas de su mteres, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no dar contestación a la demanda se podran tener por
2 EL ESTADO DE SINALOA

JUL. 5-16

O.No.1251

ELSECREJ.JUUu DE ACUERDOS .
Lie. Mario OSlllla Uribe
Lunes 05 de Julio de 2004

GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 27
GUASAVE, SilIALOA

Guasae2oo4

ciertas las afirmaciones de la parte actora y de no señalar domicilio en esta ciudad, las demás notificaciones aún las de carácter personal, les serán.practicaaas en los estrados de este Tribunal;
así nnsmo, se previene a las partes para qJ1e el día de la auoiencia de ley, acudan debiaamente asesorados por un abogado, haciendo de su conocimiento que la Delegación de la Procuraduría JUaria, con aomicilio en calle Hernando de Villafape 42-A, .4pna Cntro, de esta ciudad, brinda asesona a los eJldatarios, comuneros, sucesores de ejic!atarios o. cOIQuneros, jidos, comunidades, pequenos propletanos, avecmdados y Jornaleros agncolas; queoando en la Secretaría de Acuerdos las copias oel escrito inicia de demanda y sus anexos, así como los autos íntegros del expediente a disposición de todos del oemandado que se indica que en el escrito de cuenta, para que se imponga de los mismos y haga las manIfestaciones de su interés legal.
En la inteligencia de que la notificación practicada en la forma antes descrita surtirá efectos una vez transcurridos Quince días, a partir de la fecha de la última publicación, por 10 que la p.arte actora deberá acreditar que la publicaCión se hizo tomando en cuenta ese plazo y que la audiencia de ley fue fijada para las nueve horas del día diez de agosto de dos mil cuatro.
CUARTO.- Se hace saber a las partes que de confonnidad con el articulo 187 de la Ley Agrvia, ellas tienen la carRa de la prueba de los liechos constitutivos oe sus pretensiones, en consecuencia, se les previene para que el día de la audiencia ofrezcan todas las pruebas que estimen conducentes y presenten a los tsigos y peritos, gue pretendan sean Oldos, aperClbldas que de no nacerlo en la audiencia será aeclarado prdido su derecho confonne a lo dispuesto en el amculo 288, del CódIgo Federal de Procedimietos Civiles.
QUINTO.- Cabe destacar y. se hace saber n las p.artes que cuando la naturaleza del juicio requiem de prueba pericial confesional, inspección judicial o testimomal, están obligadas a presentar l cuestippario,.pliego de poiciones, puntos de la mspeCClOn e mtetrogatonos, pf 1ratf.rs de probanzas que reqUIeren preparaclOn, en tenDInos a lo dispuesto por el articulo 185, fracción 1, de la Ley Agraria con el qbjeto del princip,io de eleridad gue caractenza al JUICIO agrano y evItan dilaCiones innecesarias que propicia retardar las resoluciones de los mismos, inslruy.endo al actuario de la adscripción para que de igual forma notifique los términos de este proveído a todas y cada una de las partes que en el mismo intervienen en 105
domicilios procesales que tienen acreditados en autos.
. Este edicto jublíquese en términos del artículo 173 de la Ley Agraria para los efectos notificatorios a que se conlrae; en la inteligencia de que el emplazado deberá señalar domicilio en esta ciudad de Guasave, Sinaloa bajo ap,ercibimiento de que de no hacerlo, las subsecuentes notificaCIOnes aún las de carácter I!.ersonal 1 se le harán en los estrados de este ,Tribunal AgrariO.

Al margen un Sello con el Escudo Nacional !Lue dice: Estáélos Unidos Mexicanos.- Tribunal Unitario Agrario Distrito 27.- Guasave, Sinaloa.
Al C.ALEJANDROVALDEZLOPEZ
EDICTO
En eljuicio agrario número 740/2002 se dictó por este triounal en siete de junio de 2004, un acuerdo que ordena emplazarlo a juicio, como lo hlgo por medio del presente, que en 10 que interesa dice:
SEGUNDO.- Como 10 solicita las ocursantes, al acreditarse de autos que Manuela Archuleta Muñoz no ha sido ernp,lazada se les tiene por desistidaS en su eventua peIjuicio de la demanda I1lanteada en contra de 1 areferida person, con fundame1to en el artículo 373, fracción ll, del supletOrIO Código Federal de Procedimientos Civiles, y por otro lado teniendo en cuenta que las promovenles acreditan con la, constancia exhibida llar la autoridad municipal que se desconoce el aomicilio de Alejandro Valdez López, conforme a lo establedido en el articulo 173 de raLey Agraria; y a efecto de respetar debidamente la garantía e audiencia a demandados que se indica, concediéndole el tiempo necesario Ilara que comparezcan a la audienCIa de ley; se fijan las nueve horas del día diez de ag.asto de dos mir cuatro, para que tenga verificativo-Ia audiencia prevista por el artículo 185 de la Ley Agraria, instru"yéndose al actuario de la adscripCIón para que notitfl.ue a todas y cada una de las partes que contienden ," presente Juicio en los domicilios Ilrocesales que tienen acreditados en autos, previniéndolos para que a más tarcar el día de la audiencia den contestación a la demanda y. ofrezcan las pruebas de su interés, con el apercIbimiento que oe no _presentarse a la mism", con fundamento en lo dispuesto por el articulo 185 fracción V de la Ley Agraria, se tendrán por ciertas las afirmaciones de su contraria y por perdido su derecho para ofrecer pruebas y de no señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, confonne 10 previene el numeral en cita, y 305 ael supletorio Código Federal de
Procediplientos Civiles" las subsecuentes
notificaCiones aún las de caracterpersona,es serán Ilracticadas en los estrados de este lribunal, aebiendo acudir debidamente asesorados por un profesional del derecho,en atención a que la parte actom se encuentra legaunente asistida de abogado, Ilara que e"ista iguardad jurídica en. cuanto a su aefensa.
TERCERO.- Con fundamento en el articulo 173 de la Ley Ag:aria se ordena el emplazamiento de Alejandro Valdez López por medio de edictos, que deberán ser publicados por dos veces dentro de un plazo de diez días en el Periódico de mayor circulación en la región en que este ubicado el inmueble relacionado con el procedimiento agraio, yen el Periódico Oficial de esta Entidad Federativa,
ciertas las afirmaciones de la parte actora y de no señalar domicilio en esta ciudad, las demás notificaciones aún las de carácter personal, les serán practicailas en los estrados de este Tribunal;
así nusmo se previene a las partes para !le el día de la auoiencia de ley, acudan debiaamente asesorados por un abogado, haciendo de su conocimiento que la Delegación de la Procuraduria iJllaria, con aomicilio en calle Remando de Vmafañe 42-A, Zona Centro, de esta ciudad, brinda asesoría a los ej idatarios, comuneros, sucesores de eji4.atarios 0, cOII.uneros, ftjidos, cOIlunidades, peluenos propletanos, avecmdados y Jornaleros agncolas; queaando en la Secretaria de Acuerdos las copias ael escrito inicial de demanda y. sus anexos, así como los autos íntegros del expediente a disposición de todos del áemandado que se indica que en el escrito de cuenta, para que se imponga de los mismos y haga las mamfestaciones de su interés legal.
En la inteligencia de que la notificación practicada en la forma antes descrita surtirá efectos una vez transcurridos Huince días, a partir de la fecha de la última publicación, por 10 que la pa1e Bctora deberá acreélitar que la publicaCión sernzo tomando en cuenta ese plazo y que la audiencia de ley fue fijada para las nueve horas del día diez de agosto de dos mil cuatro.
CUARTO.- Se hace saber a las partes que de conformidad can el articulo 187 de la Ley AgrI!rla, ellas tienen la carga de la prueba de los nechos constitutivos oe sus pretensiones, en consecuenci se les previene para que el día de la audiencia ofrezcan todas las pruebas que estimen conducentes y presenten a los tst.Ígos y peritos, Hue pretendan sem Oldos, aperClbldas que de no liacerlo en la audiencia será aeclarado p.erdido su derecho, conforme a lo dispuesto en el aitículo 288, del Código Federal de Procedimietos Civiles.
QUINTO.- Cabe destacar y se hace saber a las p.artes que cuando la naturaleza del juicio req!lim de pl11eba llericial confsiona inspección JudiCial o testimomal, están obhgadas a presentar l cuestippario,.pliego de poiciones, puntos de la mspeCClOn e mterrogatonos, I9r trat rs de probanzas que reqUIeren preparaclOn, en tenmnos a 10 dispuesto por el articulo 185, fracción , de la Ley Agraria,.con el qbjeto del princip.Ío de geleidad gue caractenza al JUICIO agrano y evitan dilaCIOnes innecesarias, que propicia retardar las resoluciones de los mismos, instruy.endo al actuario de la adscripción para que de igual fonna notifique los términos de este proveído a todas y cada una de las partes que en el mismo intervienen en los domicilios procesales que tienen acreditados en autos.
Este edicto publfquese en ténninos del articulo 173 de la Ley Agraria para los efectos notificatorios a que se contrae; en la inteligencia de que el emplazado deberá señalar domicilio en esta ciudad de Guasave, Sinaloa bajo apercibimiento de que de no hacerlo, las subsecuentes notificaCIOnes aún las de carácter
AIC.ALFJANDROVALDFZLOPEZ

, Al margen un Seno con el Escudo Nacional Q..ue dice: Estaaos Unidos Mexicanos.- Tribunal Unitario Agrario Distrito 27.- Guasave, Sinaloa.

así como en la oficina de la Presidencia Municipal
del R. Ap.ntamiento de Los Mochis, Municipio de Ahorne, Sinaloa..y en los estrados de este Tribunal, enteranao al emplazado por ese medio, que mediante auto de seis de agosto de dos mil dos, se admitió a trámite la demanda promovida por el ejido uJiguilpan", Municipio deAhome, Sinalos Q..Ulenes recraman la restitución de una superficie de UO-5760.51 hectáreas y demás prestaciones que se cQQ.signan en su, escrito inicial de demanda, y a qUIen se le preVIene para que a más tardar en la audiencia de ley, manifieste 10 que a su derecho corresp,onda, oftezca pruebas de su interés, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, coil el apercibimiento que de no dar contestación a la demanda se podran tener por
ersonal, se le harán en los estrados de este .Tribunal igrario.

DISTRITO 27
GUASAVE, SINALOA

A.TEJ:ITAMENTE

Guasave,,l Jun. 23 de 2004
ELSECREUKlu DE ACUERDOS

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

Lic. Mario Osm.a Uribe
JUL. 5-16

O.No.1251

2 EL ESTADO DE SINALOA

Lunes 05 de Julio de 2004

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 5/7/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha05/07/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2004>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031