Periódico Oficial de Sinaloa del 16/6/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

2 EL ESTADO DE SINALOA

CONSEJO ESTATAL ELECTORAL

ACUERDO EN EL CUAL SE DETERMINA EL LUGAR DE LA
CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFÍA, QUE DEBERÁ
MARCAR EL INSTRUMENTO DE MARCAJE A UTILIZARSE EN
LA JORNADA ELECTORAL DEL 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO
EN CURSO, EN DONDE SE CELEBRARAN ELECCIONES
ORDINARIAS PARA RENOVAR A LOS MIEMBROS DE LOS
PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVOS DEL ESTADO, Así COMO A LOS AYUNTAMIENTOS.

---Culiacán Rosales, Sinaloa, México, a 11 once de junio de 2004
dos mil cuatro. ----------------------------------------------------------Visto para acuerdo el proyecto en el cual se determina el lugar de la credencial para votar con fotografía, que deberá marcar el instrumento de marcaje a utilizarse en la jornada electoral del próximo 14 de noviembre del año en curso, en donde se celebraran elecciones ordinarias para renovar a los miembros de los poderes Ejecutivo, Legislativos del Estado, así como a los Ayuntamientos. ------------------------A N T E C E D E N T E S : ---------- --------

---1.- En sesión ordinaria del 3 de julio de 1992, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el modelo de la nueva credencial para votar con fotografía, en cuyo extremo inferior del reverso de la credencial se encuentra el área destinada a las marcas externas que permiten comprobar el ejercicio del sufragio, dividida en dos bloques, el primero situado a la izquierda, compuesto por cuatro cuadros para las elecciones locales y extraordinarias, estableciéndose en aquella ocasión los años 94, 97, 00 y 03 para las elecciones federales y los años 94, 95, 96, 97, 98, 99, 00, 01, 02 Y 03 para las elecciones locales. ------.--------2.- La comisión nacional de vigilancia en sesión ordinaria fecha 29 de agosto de 1997, aprobó un acuerdo en el que se determino la actualización de los espacios destinados a los años
tipos de elección, contenidos en el reverso de la credencial pa votar con fotografía que se expida a partir del mes de octubre 1997, estableciéndose los años, 00,03, 06, Y 09 para las elecciones federales y los años 98, 99, 00, al, 02, 03, 04, os, 06, Y 07 para las elecciones locales. Así mismo, se preciso en dicho acuerdo que en enero de cada año, a partir de 1999, los años de elección que l aparecen en los espacios contenidos al reverso de las credenciales J I ,.-. para votar, se actualizaran, de modo que, el primer número que ,
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 16/6/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha16/06/2004

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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