Periódico Oficial de Sinaloa del 2/1/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

Viernes 02 de Enero de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

3

.
CAPITULO 111
DE LAS FACULTADES DEL DIRECTOR GENERAL

Articulo 8. Corresponde al Direcor General del InsUtuto, la representación, ;rtl:mlte y resolución de todos los asuntos competencia del Instltuto. Para tales efectos ejerceré las acultades que resulten necarias.
El Oirector General para la mejor distribución y desarrolla del trabajo podrá:

1.

Conferir a servidores pÚbllcos subalternos, aquellas facultades que sean delegables, sin peulco de su ejercicio direclo, expidiendo los acuerdos relall1os que deberán ser publicados en el Periódico Oficial EI
Estado de Sinaloa"; y,
11.

Autorizar a servidores publlcos subalternos para que realicen actos y suscriban documentos que formen parte del ejercicio de sus racultades delegables.

Articulo 9. Son facultades del Direclor General las siguientes:

1.

Planear, programar, organizar, dirigir, controlar 1 evaluar er funcionamiento y desempeño del Instituto;

11,
Coordinar la formulación del Programa Operativo Anual y el Anteproyecto do Presupuesto dellnstltuto, y una vez autorlzado por el Secretario de Planeación y Desarrollo, conducir su ejecucíón;

111.

Asumir la representación legal del Instituto y de sus unidades administrativas, en los asuntos que se deriven de las atribuciones del mismo:

IV.

Establecer la debida coordlnadón con as unidades administrativas de la SecretarIa de Planeación y Desarrollo i del Sector en la ejecución de sus programas y acciones;

V.

Propóner al Secretario de Planeación y Desarrollo las medidas adecuadas para el oplimo funcIonamiento del lnslítuto;

VI.

Formular los manuales de organización, procedimientos y servicios al público para díctamen yautorizaclón do la aulorldad competente;
-

VII.

Someter para aprobación superIor los estudios y proyectos que se elaboren en el área de su rasponsabllldad;

VIII.

Participar, en el ámbilo de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades Federales, Eslatales y Municipales, as! como con los sectores social i privado;

IX.

Celebrar, ,con la partidpaclán del Secretario del ramo, convenios o acuerdos de COlabOración sobre asuntos relacionados con el objeta del Instituto;

X.

Acordar con el Secretaria de Planeación y Desarrollo o por conducto del Subsecrelario de la materia, la resotución de los asuntos relevantes. cuya tramitación corresponda al Instltulo:

Xl.

Ejercer las funciones que le sean delegadas y realizar los actos que le instruya el titular de la Secrelarla de Planeadón y Desarrollo o por conducto del servdor público que el Secretalio determine;

XII.

Expedir certificaciones de los docuf!1entos que.obren en los archivos a su cargo:

XIII.

Conducit la administración del personal y de los recUrsos financieros y malerlares que Se le aslgnen para el desarrollo de sus actividades;

XIV,
Presentar al Secretario de Planeación y DesarrollQ un informe anual de las actividades realizadas y de los resullados obtenldos, as! como cuando se lo soliclle:

XV:

Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones legales y administrativas en todos los asuntos cuya atención le corresponda: y, .

XVI.

Las demás que las dlsposic1ones legates y reglamentarias le atribuyan, asl como las que le confiera el Secretario de Planeaclón y Desarrollo.

ArtIculo 10.- Al despácho de la Dirección Genera! estaran adsclilas las sigulentes áreas admínlslrativas:
Departamento de EvaluacIón y Seguimiento Departamento de "Diseno de Información CAPiTULO IV
. DE LA DIRECCiÓN DE INVESTIGACIÓN Y DIFUSiÓN

Articulo 11.- Corresponde a la Dirección de Investigación i Difusión el ejercicio de las slgulentes alrbuciones:

1

Formular y realizar programas. esludios. Investigaciones. apoyo técnico y difusión en malena de desarrollo social, marginación y pobreza extrema;

11.

Asesorar a los municipios en el ámbito de su competencia. en la elaboracIón y aplicación de los programas especificas, que impulse las potencialidades de! entorno;

.íu.

Dar seguImiento, en el ámbito de su competencia, a los programas y evaluar los resultados de las acciones en materia de desarrollo socral;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 2/1/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha02/01/2004

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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