Periódico Oficial de Sinaloa del 29/7/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

2 EL ESTADO DE SINALOA

Miércoles 29 de Julio de 2020

PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
.2.r.
s ,- - SINALOA
.14
__ Zl SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN

43

li VI
CIRCULAR

A LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA
Ismael Carreón Rúelas, Subsecretario de Administración dependiente de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 8, 15 fracción II y 18 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal; 1, 4 apartado C, 9, 10, 20, 38 fracciones I, II, III, IV, V y XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Administración y Fianzas, y CONSIDERANDO
Que el artículo 4o. de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, consagra en su párrafo cuarto, entre otros derechos, el relativo a la protección a la salud de las personas;
Que conforme a lo dispuesto por el articulo 38 fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaria de Administración y Fianzas, corresponde a la Subsecretaría de Administración, normar, controlar y supervisar los asuntos relativos a los recursos humanos del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa;
Que la Organización Mundial de la Salud declaró, el pasado 11 de marzo de 2020, como pandemia global al coronavirus COVID-19 en razón de su capacidad de contagio a la población en general;
Que el día 31 de marzo del presente año, el Secretario de Administración y Finanzas tuvo a bien emitir Acuerdo de Determinación de las funciones esenciales a cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, que garantizan la permanencia de operaciones en sus Dependencias, a fin de continuar y ajustar sus disposiciones a la actual emergencia sanitaria y a las acciones extraordinarias en materia de salubridad general, que se deberán implementar para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARSCoV2, COVID-19;
Que en el referido Acuerdo se determinó suspender de manera inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, las actividades no esenciales en el Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional;
Que mediante diversos Acuerdos de reforma, se ha venido ampliando el plazo de suspensión de actividades no esenciales en el Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa, hasta llegar a empalmarlo con el periodo vacacional de los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado el cual concluye el 31 de julio del 2020, para reiniciar labores el 03 de agosto del presente año;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 29/7/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha29/07/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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