Periódico Oficial de Sinaloa del 22/5/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

EL ESTADO DE SINALOA 3

Viernes 22 de Mayo de 2020

Que a fin de que la Secretaria esté en posibilidad de obtener no sólo la información, sino también la documentación que, en su caso, obtengan las Entidades Federativas en el ejercicio de sus facultades, atribuciones y funciones delegadas, se modifica el párrafo sexto de la cláusula sexta del presente convenio.
Que en los términos de lo establecido en las cláusulas vigésima séptima y trigésima segunda de este convenio, la Secretaría, por conducto del Servicio de Administración Tributaria, tiene entre otras, la facultad de programación de las actividades e ingresos coordinados y, en ese contexto, la relativa a convenir con las entidades federativas los programas de trabajo y fijación de metas para el ejercicio de las funciones relacionadas con las mencionadas actividades e ingresos coordinados Que conforme a lo anterior, se establece que la entidad perciba el 100% de la recaudación derivada de los contribuyentes que tributen en los términos de los artículos 126 y 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; sujetando únicamente la percepción de los ingresos derivados de lo establecido en el articulo 126, en un 30%, al cumplimiento del programa operativo anual que al efecto convenga con la Administración General de Auditoria Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en un porcentaje de al menos el 95% y conforme a los criterios que para tal efecto emita ésta; esto último, con el fin de que en el ejercicio de las funciones operativas de administración de los ingresos generados en el territorio de la entidad, se incremente. i el esfuerzo de fiscalización de dichos ingresos por parte de la entidad y ii derivado de esto, la percepción de riesgo por parte de los contribuyentes Que por lo expuesto y con fundamento en los articulas 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal; 126 y 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; articuios Séptimo y Segundo, fracción XIII, de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 2019, 31, fracciones II, XI, XIV y XV
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 6o., fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y en los articulas de la legislación local 55, 65, fracción XXIII Bis y XXV, 66, 67, 69, 72 y 81 de la Constitución Politica del Estado de Sinaloa, 1, 2, 3, 9 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 7, 8, 15, fracciones 1 y II, 17, fracción X, 18, del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa, 10, fracción XX del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno; 1, 9, fracción 1 y 10, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Administración y Finanzas, y 2, fracción I, inciso c y 28 del Código Fiscal del Estado de Sinaloa, se hace necesario modificar el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Sinaloa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2015 y en vigor a partir del 19 de agosto de 2015, por lo que las partes ACUERDAN

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 22/5/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha22/05/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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