Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Quintana Roo » Periódico Oficial de Quintana Roo (Bis) » 29/10/2010
Periódico Oficial de Quintana Roo del 29/10/2010 - Sección Bis
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Periódico Oficial de Quintana Roo (Bis)
PERIODICO OFICIAL
Que uno de los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo es el de apoyar a las personas de escasos recursos, ya que es primordial para el desarrollo equitativo del Estado y considerando la suma importancia de otorgar seguridad jurídica al patrimonio sobre los bienes inmuebles de sus habitantes.
Que el derecho de propiedad es uno de los más importantes desde el punto de vista legal, económico y social, el Estado tiene el propósito de ayudar a la legalización y regularización de los contratos privados de compraventa o cesión de derechos sobre la propiedad de bienes inmuebles y para escriturar los bienes inmuebles adquiridos por sentencia judicial de adjudicación por herencia ya que existen muchos habitantes que por falta de recursos económicos no pueden perfeccionar tales actos con la finalidad de otorgarte plena validez jurídica.
Que los servicios que prestan tanto los notarios públicos como el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, causan diversos derechos conforme a la ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo.
Por la fundamentación y consideración antes expuesta, tengo a bien expedir el siguiente ACUERDO
ARTICULO PRIMERO. Se concede un estímulo fiscal a los ciudadanos residentes en el Estado y Notarios Públicos del Estado de Quintana Roo o quienes ejerzan sus funciones, que participen en la Campaña " En Noviembre, regulariza tu propiedad ", mediante la expedición de escrituras públicas que regularicen aquéllas propiedades pendientes de ser escrituradas en ejecución de sentencias sucesorías o actos traslatívos de dominio.
ARTICULO SEGUNDO. Para efectos de la cláusula anterior, los honorarios de los Notarios Públicos o quienes ejerzan sus funciones será de $3,500.00 tres eolubra 29 de 2010 Página 3