Periódico Oficial de Querétaro del 12/6/2023

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

12 de junio de 2023

LA SOMBRA DE ARTEAGA

Pág. 18293

7. Que, a este respecto, el artículo 5 del referido ordenamiento, en su párrafo tercero, mandata que el deber del Estado es el de desarrollar la estructura e implementar políticas y estrategias tendientes a fortalecer y garantizar la protección y asistencia de las poblaciones asentadas en el territorio estatal.
8. Que, en el espacio de los derechos sociales, al ser estos elementos universales, interdependientes e indivisibles, se considera que una persona está imposibilitada para ejercer uno o más derechos cuando presenta carencia en al menos uno de los seis indicadores señalados en el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social:
a.
b.
c.
d.
e.
f.

Rezago educativo;
Acceso a los servicios de salud;
Acceso a la seguridad social;
Calidad y espacios de la vivienda;
Servicios básicos en la vivienda; y Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad.

Debe notarse que la construcción del índice de privación social, como la suma de los indicadores de carencia, conlleva el supuesto de que cada una de las carencias tiene la misma importancia relativa. Esto, así como la decisión de adoptar como umbral de privación a la presencia de al menos una carencia social, está fundamentado en los principios de indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, los cuales reconocen que el incumplimiento de uno de los derechos humanos vulnera el cumplimiento de los demás y que ningún derecho humano es más importante que otro.
9. Que, es considerable destacar que la Ley de Desarrollo Social del Estado de Querétaro, en sus artículos 10, fracción III, y 15, fracción I, contempla el derecho a contar con una alimentación y nutrición adecuada y señala que las políticas públicas estatales deben contener, entre otras vertientes, la generación de condiciones económicas, sociales, culturales que favorezcan integralmente la dignificación de la persona y el desarrollo social de la población.
10. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I, del artículo 76, de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, la Secretaría de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro realizó, en abril del año 2023, el estudio diagnóstico sobre la Seguridad Alimentaria en el Estado de Querétaro. Del análisis de la Medición multidimensional de la pobreza en México, 2016 - 2020, elaborada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social, se obtuvo que el porcentaje de la población en México con carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad aumentó de 21.9% a 22.5% entre 2016 y 2020, lo cual representa 2.1 millones de personas más que en 2016. Así como que la inadecuada alimentación en la población, también afecta el ejercicio de otros derechos humanos.
11. Que, asimismo, de conformidad con el numeral 2 del Acuerdo por el que se Expide los Lineamientos para la Elaboración de Programas de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, La Sombra de Arteaga, el día 16 dieciséis de septiembre de 2022 dos mil veintidós, dentro de los objetivos para la creación de nuevos Programas de Desarrollo Social se encuentra propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos individuales y sociales y la igualdad de oportunidades, así como el abatimiento de la discriminación y la exclusión social, orientadas en todo momento a dignificar a la persona.
12. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, la Secretaría de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro es la dependencia encargada de coordinar, por delegación del Gobernador del Estado, las políticas, Programas y acciones del desarrollo social, y tiene entre sus atribuciones elaborar los Programas de desarrollo social en el Estado, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública estatal relacionadas con la materia, de conformidad con lo establecido en la Ley de Planeación del Estado de Querétaro.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 12/6/2023

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha12/06/2023

Nro. de páginas305

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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