Periódico Oficial de Querétaro del 27/4/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

Pág. 8174

PERIÓDICO OFICIAL

27 de abril de 2020

PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE LA JUVENTUD
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE LA JUVENTUD
RODRIGO RUIZ BALLESTEROS, Secretario de la Juventud del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 17 y 56 de la Ley el Planeación del Estado de Querétaro; así como el artículo 34
fracciones XI y XV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y el artículo 5 de la Ley para el Desarrollo de los Jóvenes del Estado de Querétaro, y Considerando 1. Que conforme a los artículos 20 y 22 fracciones VIII, XI y XII de la Constitución Política del Estado de Querétaro, corresponde al Poder Ejecutivo, expedir decretos y acuerdos de carácter administrativo para el eficaz ejercicio de sus funciones; así como planear, participar, conducir, coordinar, orientar y promover el desarrollo integral y equilibrado del Estado, en materia económica, social y cultural, que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de individuos y grupos sociales.
2. Que conforme al artículo 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y el artículo 5 de la Ley para el desarrollo de los jóvenes del Estado de Querétaro, la Secretaría de la Juventud es la dependencia encargada de planear formular, instrumentar, coordinar y evaluar políticas públicas transversales orientadas al desarrollo armónico de la juventud, en un marco de inclusión y equidad de oportunidades sociales, económicas y culturales.
3. Que de acuerdo al artículo antes mencionado en su fracción III, la Secretaría de la Juventud es la dependencia encargada de elaborar planes y programas relacionados con el sector juvenil, en el marco de los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo.
4. Que la Ley de Planeación del Estado de Querétaro en sus artículos 17 y 56, señala que corresponde a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo elaborar y autorizar sus respectivos programas institucionales en el marco del Plan Estatal de Desarrollo, mismos que deberán encauzarse hacia el logro de los objetivos y prioridades que establezca dicha Planeación Estatal.
5. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro establece que, en la ejecución del gasto público los sujetos de la ley deberán realizar sus actividades con sujeción a los objetivos y metas de los programas contemplados en el Presupuesto de Egresos del estado.
6. Que en cumplimiento a lo establecido Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021 PED, Eje rector I.
Querétaro Humano, en su estrategia 1.8 Ampliación de la participación activa en la vida política, económica y social de la población joven queretana, se pretende generar una mayor participación e inclusión de las y los jóvenes.
7. Que por lo anterior y en cumplimiento a estas responsabilidades jurídicas y administrativas, el Secretario de la Juventud, con fecha 14 de mayo de 2019 expidió el Acuerdo que Autoriza el Programa Generación 2030, con el propósito de generar conciencia social entre los jóvenes que formen parte de instituciones educativas de nivel medio superior o superior, mediante la inclusión, capacitación y apoyo técnico para desarrollar acciones de intervención de voluntariado, alineados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en los 18 Municipios del Estado 8. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo séptimo de dicho Acuerdo, la Secretaría de la Juventud del Estado de Querétaro, para la debida ejecución del referido Programa, deberá llevar a cabo la expedición de sus respectivas Reglas de Operación, garantizando así que dicho programa cumpla con las estrategias y objetivos para los cuales ha sido creado.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 27/4/2020

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha27/04/2020

Nro. de páginas1052

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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