Periódico Oficial de Querétaro del 17/3/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

Pág. 6524

PERIÓDICO OFICIAL

17 de marzo de 2020

PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES, Secretario de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones que confieren lo dispuesto por los artículos 87, 88 y 113 fracción III de la Ley General de Educación, 13 fracción IV, 46 y 47 de la Ley de Educación del Estado de Querétaro y 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y CONSIDERANDO
1.

De conformidad al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría de la educación.

2.

El artículo 88 de la Ley General de Educación prevé que la suspensión de clases sólo podrá ser autorizada por la autoridad que haya establecido o en su caso, ajustado el correspondiente calendario escolar y que dicha autorización únicamente podrá concederse en casos extraordinarios y si no implican incumplimiento de los planes y programas ni, en su caso, del calendario señalado por la Secretaría de Educación Pública.

3.

En correlación a lo anterior, el numeral 46 de la Ley de Educación del Estado de Querétaro, regula que la Secretaría de Educación ajustará el calendario escolar aprobado por la autoridad educativa federal para toda la República, cuando resulte necesario, en atención a requerimientos específicos de conformidad a la normatividad federal aplicable.

4.

El numeral 47 de la Ley de Educación del Estado de Querétaro, regula que el calendario que la Secretaría de Educación Pública determine para cada ciclo lectivo, así como los ajustes que en su caso determine la Secretaría de Educación del Estado, se publicarán en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga.

5.

La COVID-19 es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud y por tanto, la integridad de niñas, niños, adolescentes, adultos y de la población en general, en razón de su fácil propagación por contacto con personas infectadas por el virus o por tocar objetos o superficies que rodean a dichas personas y llevarse las manos a los ojos, nariz o boca; derivado de lo anterior y ante los niveles de propagación y gravedad, como de inacción, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud OMS, declaró que la COVID19 pasa de ser una epidemia a una pandemia.

6.

El Consejo Nacional de Autoridades Educativas, en su sesión plenaria celebrada el 14 de marzo de 2020, recibió asesoría e información por parte de la Secretaría de Salud respecto el grado de propagación de la COVID-19 y las consecuencias que esta puede generar en la población mexicana, por lo que se acordó que las Autoridades Educativas Locales, generarán filtros de corresponsabilidad y limpieza en las escuelas, a través de la instalación de una Comisión de Salud, en cumplimiento al artículo 131 de la Ley General de Educación.

7.

Como medidas preventivas para mitigar la contingencia provocada por la COVID-19 y derivado de las recomendaciones emitidas por el Comité de Asesoramiento, integrado por funcionarios de la Ciencia Médica Interdisciplinaria, se determinó la suspensión de clases en todos los niveles educativos, en planteles públicos y privados a partir del miércoles 18 de marzo hasta el viernes 17 de abril del 2020.

8.

Con el objetivo de contribuir a preservar la salud de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, así como el resto de la comunidad queretana, se adopta como acción para contener la COVID-19, la suspensión de clases.

Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LAS CLASES EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA, MEDIA SUPERIOR, SUPERIOR, NORMAL Y DEMÁS PARA LA FORMACIÓN DE MAESTROS DE
EDUCACIÓN BÁSICA INCORPORADAS AL SISTEMA EDUCATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
ÚNICO. La Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, determina la suspensión de clases en el periodo comprendido del 18 de marzo al 17 de abril del 2020, en las escuelas públicas y privadas de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior, superior, normal y demás para la formación de maestros de educación básica incorporadas al sistema educativo del Estado de Querétaro, como una medida preventiva para disminuir el impacto de propagación de la COVID-19, en el Estado de Querétaro.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro, La Sombra de Arteaga.
Dado en las oficinas sede de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro., a los 17 días del mes de marzo de 2020.
JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES
SECRETARIO DE EDUCACIÓN
Rúbrica Ejemplar o Número del Día Ejemplar Atrasado
COSTO POR PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO
LA SOMBRA DE ARTEAGA
0.625 UMA
1.875 UMA
De conformidad con lo establecido en el Artículo 173 Fracción VII de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro.

ESTE PERIÓDICO CONSTA DE 90 EJEMPLARES, FUE
IMPRESO EN LOS TALLERES GRÁFICOS DEL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN LA CIUDAD DE
SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.

$ 54.30
$ 162.90

LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES
OFICIALES, OBLIGAN POR EL SÓLO HECHO DE
PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 17/3/2020

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha17/03/2020

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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