Periódico Oficial de Querétaro del 12/3/2020
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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro
12 de marzo de 2020
LA SOMBRA DE ARTEAGA
Pág. 6047
Si el monto del Apoyo que resulte del análisis de la información proporcionada por el beneficiario en el Cuestionario de Información, queda comprendido entre alguno de los rangos de la tabla anterior, el monto ascenderá al nivel inmediato superior.
Artículo 7. DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROGRAMA Y ARTICULACIÓN CON OTRAS
DEPENDENCIAS Y OTROS PROGRAMAS.
A. Instancia Ejecutora:
B. Instancia Normativa:
C. Comité de Validación: La Secretaría constituirá un Comité de Validación que será responsable de conocer las propuestas de entrega de Apoyos del Programa y decidir sobre su otorgamiento; órgano que se integrará de la siguiente forma: el Secretario de Desarrollo Social o el servidor público que designe, quien lo presidirá; como vocales dos servidores públicos de la Secretaría que conozcan de la operación del Programa con nivel jerárquico mínimo de Jefe de Departamento; un representante o servidor público designado por el Secretario de la Contraloría; un representante del Instituto Queretano del Transporte, y un representante ciudadano invitado por el titular de la Secretaría. Así mismo, el Secretario podrá invitar a las sesiones del Comité, a las personas que por su competencia considere convenientes.
Artículo 10. PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA.
I. a la V.
VI. La Secretaría convocará para la distribución de los Apoyos o informará las modalidades para su otorgamiento, siendo que la generación de los medios para la obtención del Apoyo constituirá el acuse de entrega recepción del mismo;
VII.
VIII. Para la continuidad del Apoyo, no se requerirá la renovación del trámite si las condiciones del Beneficiario por las cuales fue otorgado el mismo, continúan vigentes. La Secretaría podrá verificar en cualquier momento, la información proporcionada por el beneficiario.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga.
Segundo. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que sean contrarias al presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro., a los doce días del mes de marzo del año dos mil veinte.
TONATIUH CERVANTES CURIEL
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Rúbrica