Periódico Oficial de Querétaro del 10/12/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

Pág. 27270

PERIÓDICO OFICIAL

10 de diciembre de 2019

b Solicitud por escrito de jubilación o pensión por vejez del trabajador, dirigida al titular de la entidad correspondiente, para su posterior remisión a la Legislatura;
c Dos últimos recibos de pago del trabajador;
d Acta de nacimiento, la cual deberá coincidir con todos los documentos que se anexan dentro del expediente, sin que el hecho de no coincidir sea motivo para negar el derecho de la obtención de la jubilación o pensión;
e Dos fotografías tamaño credencial;
f Copia certificada de la identificación oficial;
g Oficio que autoriza la prejubilación o pre pensión por vejez; y h En el caso de los trabajadores al servicio de los municipios del Estado de Querétaro, acuerdo de cabildo que autorice realizar el trámite de la jubilación o pensión por vejez ante la Legislatura del Estado.
7. Que por escrito de fecha 3 de julio de 2018, la C. MARÍA GUADALUPE MORENO BAYZA, solicita al Lic.
Guillermo Vega Guerrero, Presidente Municipal de San Juan del Río, Qro., su intervención ante la Legislatura del Estado de Querétaro, a efecto de que le sea concedido el beneficio de la jubilación a que tiene derecho, de conformidad con lo establecido en los artículos 126, 127, 138 y 147, fracción I, de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro.
8. Que mediante oficio SAD/403/2019, de fecha 8 de julio de 2019, signado por el Lic. Gilberto Edmundo Ugalde de Alba, Secretario de Administración de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos del Municipio de San Juan del Río, Qro., se presentó ante el Poder Legislativo del Estado de Querétaro, formal solicitud de jubilación a favor de la C. MARÍA GUADALUPE MORENO BAYZA, lo anterior, en términos de lo previsto por los artículos 147, fracción I y 148 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro.
9. Que atendiendo a la información remitida por el Municipio de San Juan del Río, Qro., y una vez analizada dicha solicitud, como lo establece el artículo 130 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, se deduce que la C. MARÍA GUADALUPE MORENO BAYZA contaba con 27 años y 3 meses de servicio, otorgándosele la licencia de prejubilación a partir de 23 de agosto de 2019, siendo el último puesto desempeñado el de Intendente en el área de la Secretaría de Administración, percibiendo un sueldo mensual de $7,554.91
Siete mil quinientos cincuenta y cuatro pesos 91/100 M.N., más la cantidad de $500.00 Quinientos pesos 00/100M.N. por concepto de quinquenios y $1,057.68 Mil cincuenta y siete pesos 68/100 M.N. por concepto de despensa, lo que da un total de $9,112.59 NUEVE MIL CIENTO DOCE PESOS 59/100 M.N. en forma mensual, equivalentes al 100% cien por ciento del último salario que percibía por el desempeño de su puesto.
10. Que al haberse cubierto los requisitos que establece la Ley en comento para el otorgamiento de la jubilación que nos ocupa, así como la cláusula 31 del Convenio laboral que suscribieron el sindicato de trabajadores al servicio del Municipio de San Juan del Río, Querétaro y el Ayuntamiento de San Juan del Río, Querétaro, y en cumplimiento de la Resolución de fecha 10 de diciembre de 2018, emitida dentro del expediente de amparo 1240/2018-IV, por el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, así como la confirmación de la sentencia dictada en el Amparo en Revisión Laboral 16/2019, emitida por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en fecha 3 de mayo de 2019, resulta viable la petición que realiza el Municipio de San Juan del Río, Qro., para conceder el mencionado derecho a la C. MARÍA GUADALUPE MORENO BAYZA, otorgándosele la jubilación por la cantidad correspondiente al 100% cien por ciento del último salario que percibía por el desempeño de su puesto, más las prestaciones que de hecho y por derecho le correspondan, con cargo al presupuesto de egresos del Municipio de San Juan del Río, Qro.
Por lo anteriormente expuesto, la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Querétaro, expide el siguiente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 10/12/2019

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha10/12/2019

Nro. de páginas476

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031