Periódico Oficial de Querétaro del 6/3/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

6 de marzo de 2019

LA SOMBRA DE ARTEAGA

Pág. 6355

FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN, Gobernador del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que los municipios son pilar fundamental de nuestro desarrollo, fortaleza de las entidades federativas y elementos plurales de la cohesión nacional; en el contexto histórico se han constituido como impulsores del crecimiento y del progreso.
2. Que en el marco de nuestra Ley fundamental, se establecen las bases generales que aseguran una auténtica autonomía municipal, lo que permite la conservación de sus valores de identidad, cultura, tradición y cohesión, cumpliendo con su vocación de progreso, logrando así ser parte importante en el avance y desarrollo del Estado y de la Nación entera.
3. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los municipios, en términos del artículo 115, constituyen la base de la división territorial y de la organización político-administrativa de las entidades federativas que conforman al Estado Mexicano, por lo que resulta muy importante que el marco jurídico que los regula se encuentre constantemente evolucionando de acuerdo a las necesidades actuales.
4. Que en el contexto de un mundo globalizado, ningún País puede analizar su situación, en cualquier materia, sin llevar a cabo una revisión del contexto internacional; nuestro País no ha firmado muchos tratados en materia de participación ciudadana, ello se debe en parte al hecho de que, si bien la es un tema importante para cualquier democracia del mundo, hay tantas formas para incentivarla y desarrollarla que es difícil elaborar un acuerdo internacional en la materia. Sin embargo, hay organismos internacionales que se preocupan por mantener este tema en la agenda internacional y, aunque sus esfuerzos no se vean reflejados en tratados o acuerdos, sí incentivan la creación de compromisos entre los gobiernos.
Un claro ejemplo de estos esfuerzos son los convenios firmados en las Cumbres de las Américas, como el Plan de Acción de Miami, el cual se llevó a cabo en el marco de la primera Cumbre, celebrada del 9 al 11 de diciembre de 2004. En su apartado de fortalecimiento de la sociedad y de participación comunitaria, los gobiernos se comprometieron a revisar el marco normativo que regula a los actores no gubernamentales con el fin de establecer o mejorar su capacidad para recibir fondos. Asimismo, se discutió la posibilidad de que el Banco Interamericano de Desarrollo BID estableciera un nuevo Programa de la Sociedad Civil para promover la filantropía responsable y la participación cívica en los asuntos de política pública. Por otra parte, en la Segunda Cumbre de las Américas, celebrada en Chile en 1998, se firmó el Plan de Acción de Santiago, en el cual los gobiernos se comprometieron a promover la participación de la sociedad civil, además de establecer marcos institucionales que incentiven la creación de organizaciones sin fines de lucro, responsables y transparentes. De igual manera, el Plan de Acción de Quebec, cuyo tema y objetivo central es el fortalecimiento de la democracia, estableció cinco líneas de acción:
el fortalecimiento de la libertad de expresión, el acceso a la información, el acceso a la justicia, los gobiernos locales y la descentralización y el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil en los procesos nacionales y hemisféricos. De manera paralela, se creó un programa para el seguimiento de la sociedad civil a la implementación del Plan de Acción de Quebec, para que algunas organizaciones de la sociedad civil pudieran evaluar lo que los diferentes países han realizado o han dejado de hacer, respecto de sus compromisos.
5. Que la adecuación del derecho a la realidad supone necesariamente la revisión periódica del sistema jurídico, a fin de superar las limitaciones que van surgiendo. La creación, modificación o adecuación de normas corresponde a los legisladores, mediante un ejercicio de alta responsabilidad, debido a la evolución y dinámica constante que debe atender a las condiciones sociales, culturales y políticas, entre otras necesidades que reclama la sociedad.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 6/3/2019

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha06/03/2019

Nro. de páginas160

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31