Periódico Oficial de Querétaro del 17/7/2017

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

17 de julio de 2017

LA SOMBRA DE ARTEAGA

Pág. 12701

4. Que el Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, en el Eje Querétaro Seguro, plantea como objetivo de gobierno garantizar el ejercicio pleno de los Derechos Humanos, la seguridad y el acceso a la justicia de la población, generando así las condiciones para su desarrollo humano integral, establece como Líneas de Acción para materializar la Estrategia IV.1, relativa al fortalecimiento de la democracia y ejercicio pleno de los Derechos Humanos de los habitantes de Querétaro, las consistentes en promover la cultura de la legalidad en el Estado de Querétaro; gestionar la alineación de la legislación estatal al marco jurídico nacional, así como la de garantizar el respeto a los derechos humanos en la actuación de las autoridades del Estado de Querétaro;
además, el mismo plan en su Eje 5 Querétaro con buen gobierno, prevé como línea de acción para lograr la Estrategia V.2 Fortalecimiento de una gestión transparente y que rinda cuentas en el Estado de Querétaro, incentivar la denuncia por hechos de responsabilidad administrativa y de corrupción en la ciudadanía.

5. Que con el propósito de dar cumplimiento al mandato contenido en las disposiciones constitucionales y las de carácter general referidas en los numerales anteriores, el 21 de diciembre de 2016 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, la Ley que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Querétaro, en materia de combate a la corrupción.

A través de esa reforma, entre otros numerales se reformó el artículo 34, modificando la denominación, estructura y competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro, que en lo posterior se denominará Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Querétaro, mismo que estará facultado para imponer, en los términos que disponga la ley, las sanciones a los servidores públicos estatales y municipales por responsabilidad administrativa grave, y a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves; así como para fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o Municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales.

6. Que a efecto de que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Querétaro, contará con la estructura necesaria para atender las labores derivadas de sus nuevas competencias, así como para garantizar su autonomía y consolidar un esquema de justicia administrativa que permita complementar las políticas anticorrupción de carácter preventivo, con políticas sancionatorias eficientes, en fecha 18 de abril de 2017, se publicó la Ley Orgánica de dicho órgano jurisdiccional en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga; así pues, las modificaciones generadas por este nuevo régimen disciplinario y sus efectos en el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Querétaro, hacen surgir la necesidad de que otros ordenamientos sean reformados, a fin de garantizar su plena y efectiva aplicación, en este sentido, se genera la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro, en la que se prevé de forma integral la regulación de los juicios que se ventilen ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Querétaro en materia administrativa y fiscal, así como los procedimientos de responsabilidades previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y su homóloga estatal.

Este nuevo ordenamiento sustituye a la Ley de Enjuiciamiento de lo Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro vigente, la cual data del 17 de junio de 2009, pero además, incorpora nuevas figuras en materia de justicia administrativa, mismas que hoy resultan aplicables en el ámbito federal y que propician la existencia de un procedimiento judicial rodeado de mayores garantías y certidumbre jurídica respecto a su procedencia, también hay modificaciones en lo relativo a la fijación de la litis, diversos plazos, ofrecimiento y valoración de pruebas y recursos en contra de los proveídos y actos que se dicten en el juicio contencioso administrativo estatal.

Por lo expuesto, la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro, expide la siguiente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 17/7/2017

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha17/07/2017

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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