Periódico Oficial de Nuevo León del 11/11/2002 - Sección Sexta

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Fuente: Periódico Oficial de Nuevo León - Sección Sexta

PAGINA

216

Monterrey, N.L., Lunes 11 de Noviembre de 2002

TERCER

EDICT0

TERCER

PERIODIC0 OFICIAL

EDICT0

Al margen un sello que dice: ILEGIBLE-

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Juzgado Noveno de lo Familiar.-

AL C. ARMANDO TORRES MARTINEZ.CON DOMICILIO: DESCONOCIDO.-

Monterrey, N.L.-

En fecha 20-veinte de Septiembre del ario 2002dos mil dos, se admitio a tramite el JUICIO
ORDINARIO
C I V I L S O B R E DIVORCIO
NECESARIO promovido por CRISTINA HIDALGO
REYES en contra de ARMANDO TORRES
MARTINEZ, habiendose registrado bajo el ntimero 1156/2002, ordenandose la publication de edictos que se publiquen por tres veces consecutivas en el periodic0 El Porvenir, asi corn0 tambien en el Boletin Judicial y El Periodic0
O f i c i a l q u e s e editan e n esta C i u d a d , emplazandolo, a fin de que dentro del termino de 09-nueve dias conteste lo que a sus intereses legales convenga y oponga las excepciones y defensas de su intention, en la inteligencia, que la notification hecha de esta manera, surtira sus efectos a 10s lo-diez dias contados desde el siguiente al de la ljltima publication. Quedando asi en la Secretaria de este Juzgado copia simple de la demanda y documentos acompanados a fin de que se imponga de ellos. Asi mjsmo se le previene a! demandado a fin de que en su escrito de contestacion senale domicilio para el efecto de oir y recibir notificaciones de conformidad con lo establecido por el numeral 68 del Ordenamiento Procesal en consulta ya que en el supuesto de no hacerlo asi las subsecuentes n o t i f i c a c i o n e s d e caracter personal se le practicaran por medio de lnstructivo que se fije en la Tabla de Avisos que para el efecto se lleva e n este J u z g a d o . Asi t a m b i e n s e l e t i e n e a n u n c i a d o d e s d e este moment0 l a P r u e b a T e s t i m o n i a l a c a r g o d e 10s testigos de su intention, la cual se debera desahogar al tenor del interrogatorio que para tal efecto anexa en la presente demanda, lo anterior de conformidad con lo establecido por 10s numerales 326 y 330
del Ordenamiento Procesal en consulta.- DOY
FE.- Monterrey, Nuevo Leon, a 3-tres de Octubre del aAo 2002-dos mil dos.
EL C. SECRETARIO
DEL JUZGADO SEX-TO
DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO
JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. JOSE ALFRED0 CAVAZOS LOPEZ.
RUBRICA.Orden No. 1837.- 6-8-l 1

A LOS C.C. DILIA ELIZABETH VAZQUEZ
SANCHEZ Y VICTOR MANUEL MORALES
VAZQUEZ.DOMICILIO: IGNORADO.Por auto de fecha 26-veintiseis de Octubre, del atio 2001-dos mil uno. dentro de 10s autos del expediente numero 6604/2001, se admitio a tramite en el Juzqado Noveno de lo Familiar del Primer Distrito Jkdicial del Estado, el JUICIO
ORDINARIO CIVIL SOBRE CANCELACION
DE
PENSION ALIMENTICIA que promueve VICTOR
MANUEL MORALES GIL en contra de DILIA
ELIZABETH VAZQUEZ SANCHEZ y VICTOR
MANUEL MORALES VAZQUEZ. Y mediante auto de fecha 27-veintisiete de Septiembre del ario 2002-dos mil dos, se ordeno emplazar por medio d e e d i c t o s a 10s C.C. DILIA E L I Z A B E T H
VAZQUEZ SANCHEZ y VICTOR MANUEL
MORALES VAZQUEZ, con fundamento en lo establecido por el articulo 73 del Codigo de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, que se publicaran por 3-tres veces consecutivas en el Periodic0 Oficial del Estado, Boletin Judicial, y-periodic0 El Porvenir 10s cuales se editan en esta Entidad, a fin de que dentro del termino de 9-nueve dias ocurran al local de este Juzgado a producir su contestacion a la demanda y a oponer las excepciones y defensas de su intention si las tuviere. Aclaracion hecha de que la notification realizada asi surtira sus efectos a 10s IO-diez dias contados desde el siguiente al de la ultima publication del edict0 que se ordena, quedando en la Secretaria del Juzgado a disposition de la parte reo, las copias de traslado de la demanda, interrogatorio y documentos acompanados y demas c o n s t a n c i a s d e a u t o s , d e b i d a m e n t e sellados y rubricados por la Secretaria de este Juzgado para su debida instruction.
Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el articulo 68 del Codigo Adjetivo Civil, se previene a 10s demandados a fin de que senalen domicilio para el e f e c t o d e o i r y r e c i b i r n o t i f i c a c i o n e s e n c u a l q u i e r a d e 10s m u n i c i o i o s d e A o o d a c a .
General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolas de 10s Garza, San Pedro Garza Garcia v Santa Catarina, Nuevo Leon; apercibidos de quk de no hacerlo las subsecuentes notificaciones de caracter personal se le haran por medio de 10s estrados de este Juzgado.- DOY FE.EL C. SECRETARIO
DEL JUZGADO
NOVENO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.

LIC. TOMAS KING FRANC0 SALAS.
RUBRICA.Orden No. 1836.- 6-8-11

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Nuevo León del 11/11/2002 - Sección Sexta

TítuloPeriódico Oficial de Nuevo León - Sección Sexta

PaísMéxico

Fecha11/11/2002

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones41

Primera edición13/05/2002

Ultima edición31/10/2022

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