Periódico Oficial de Nuevo León del 1/11/2002 - Sección Cuarta
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Fuente: Periódico Oficial de Nuevo León - Sección Cuarta
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Monterrey, N.L., Viernes 01 de Noviembre de 2002
PERIODIC0 OFICIAL
ARTICULO 130.- Para garanttzar la parhcrpacron crudadana en la revrsron para la modrhcacron o actualrzacron.
tooa persona resrdente en el Munrrpro bene la facultad de realrzar por escnto sugerencras.
ponencras o quqas en relauon con el contenrao normatko del presente Reglamento. escnto que debera drngrrse al C Secretano del R Ayuntamrento a fin de que el C. Presrdenre Municipal de cuenta de una smtesrs de tales propuestas en seaon ordrnana def R Ayuntamrento. para que drcho cuerpo colegmdo tome la decrsion correspondrente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presante
Reglamento entrara
en vigor el dia sgurente
SEGUNDOSe dercgan
tcdas drsposrcrones
munrcrpales
de su pubfictibn an el Perk&o Oh& del Estado
que contravengan lo dispuesto en el presante
Regfamento
Es dado en el S&I de Sesrones del R Ayuntamrento del Mumcrpro de rllafdama.
Nuevo La&. por lo que mando se rmpnma publiqua, circule y se le de el debrdo cumplrmsnto a 10s 27 dias del mes de sepbembre del2002.
C. ING. CARLOS GPdTREVlfiO SALINAS
PRESIDENTE
MUNICIPAL
SECRETARIO
DEL R. AYUNTAhjithTO