Periódico Oficial de Nuevo León del 17/5/2002 - Sección Tercera

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Fuente: Periódico Oficial de Nuevo León - Sección Tercera

ACUERDO DEL C. JEFE DE EJECUCIONES Y REZAGOS DE LA DIRECCIÓN
DE INGRESOS DEPENDENTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y
TESORERÍA MUNICIPAL DE GUADALUPE, NUEVO LEÓN.
VISTO.- El estado que guarda el expediente formado en la Tesorería Municipal por la Jefatura de Ejecuciones y Rezagos relacionado al pago de créditos fscales requerido a los propietarios de automóviles.
camiones, camionetas, remolques, motocicletas y bicicletas, que con motivo de infracciones al Reglamento de Transito y Vialidad de Ciudad Guadalupe, Nuevo León y/o daños ocasionados por accidentes viales al Patrimonio se encuentran depositados en los lotes oficiales Grúas Guadalupe, S.A. de C.V. y Gnías Monterrey, S.A. de C.V. en este Municipio con una antigedad de la-doce meses y más a la presente fecha, el suscrito C. Jefe de Ejecuciones y Rezagos:
CONSIDERANDO:
ÚNICO.- Que dichos propietarios no se han presentado a liquidar los adeudos fiscales que tienen para con la Tesorería Municipal y en virtud de que ha transcurrido con exceso el termino concedido para hacerlo mediante el EDICTO publicado con fecha 7 de abril del año en curso. a fm de que acudieran a las cajas recaudadoras de la Dirección de Ingresos ubicada en la calle Barbadillo entre Guadalupe e Hidalgo en el Centro de Guadalupe. Nuevo LeOn a enterar el pago de la s infracción es y demás accesorios a que se hubiere hecho acreedor, es por lo cual esta Qticina:
ACUERDA:
PRIMERO.- De conformidad con lo establecido por los artículos 85 de la Ley de Hacienda pata los Municipios del Estado de Nuevo León, 143 y 145 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León, en este acto se inicia el PROCEDIMIENTO ADMINI!?IRATIVO
DE EJECUCIbN en contra de los propietarios de los vehículos que se encuentran depositados en los lotes oficiales de Grúas Guadalupe, S.A. de C.V. y Gtúas Monterrey, S.A. de C.V. en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León que se encuentran dentro de los supuestos mencionados con antelación se les otorga un plazo improrrogable de S-cinco días habiles contados a partir del día siguiente de la ultima publicación de la presente resolución que se hará por dos veces consecutivas tanto en el Periódico Qficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en la entidad, a fin de que acudan a la Dirección de Ingresos a liquidar los créditos fiscales y puedan liberar sus vehiculos. Así mismo se les previene a los propietarios de dichos vehículos para que senalen domicilio en esta circunscripción territorial o en su defecto las subsecuentes notificaciones se batán por medio de la tabla de avisos, de confomtidad con lo establecido por el artículo 137 del Ordenamiento Fiscal antes citado.
SEGUNDO.- Vencido el término señalado en el punto anterior, sin que hubiera cubierto el importe del crklito fiscal e.xigiblc. se tendrá por legal y formalmente embargados dichos vehiculos, conforme a lo establecido por el articulo 146 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León.
TERCERO.-En su oportunidad dar inicio al Procedimiento de Remate a celebrarse en Subasta Publica.
previo avalúo que se formule por Perito Valuador o Institución de Crédito autorizado para el efecto y con el producto obtenido del Remate, se aplicará para cubrir el crédito fiscal adeudado, lo anterior con fundamento en lo establecido por los articulos 133,138, 143, 145, 146, 147, 167, 168, 170, 172, 173, 174 y 175 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León.
PUBLíQUESE.- En el Organo oficial del Estado, así como en uno de los Periódicos de mavor circulación en la entidad. Así lo resolvió y firma el C. Jefe de Ejecuciones y Rezagos adscrito a la Dirección de Ingresos dependiente de la Secretaria de Fii y Tesorería Municipal de Guadalupe, Nuevo León., de conformidad con lo dispuesto en los articulos 5, 8 y 9 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León 34 fracción V del Código Fiscal del Estado de Nuevo León, artículos 1,2,5, 70 y 72 fracción II, 78
fracción VII y 79 fracciones Vl y VIII de la Ley Qrgánica de la Adtnlnisttación Publica del Estado de Nuevo León y el numeral 14 fracciones 1, IV, V y e s citado del Reglamento Qrgktico para la Administración Publica de Ciudad

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Nuevo León del 17/5/2002 - Sección Tercera

TítuloPeriódico Oficial de Nuevo León - Sección Tercera

PaísMéxico

Fecha17/05/2002

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones658

Primera edición13/05/2002

Ultima edición24/04/2024

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